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Pautas
CIOMS
contienen identificadores personales o pueden vincularse a estos
identificadores y por quién. (Véase también Pauta 18:
Protección de la
confidencialidad
). Si se requirió consentimiento informado o autorización
para la recolección o el uso original de estos registros o muestras para
propósitos de investigación, los usos secundarios están sujetos, en general,
a las condiciones especificadas en el consentimiento original. En
consecuencia, es esencial que el proceso de consentimiento original anticipe,
en cuanto sea posible, cualquier plan previsible de uso futuro de datos o
muestras. Por consiguiente, en el proceso original de consentimiento
informado un miembro del equipo de investigación debiera discutir y,
cuando sea necesario, solicitar la autorización de los potenciales sujetos
sobre:
i) si habrá o podría haber algún uso secundario y, de ser así, si este uso
secundario estará restringido en relación al tipo de estudio que puede
realizarse con esos materiales;
ii) las condiciones bajo las cuales los investigadores tendrán que contactar
a los sujetos de investigación para solicitar autorización adicional para
uso secundario;
iii) los planes de los investigadores, si es que los hay, para destruir o quitar
los identificadores personales a los registros o muestras; y
iv) los derechos de los sujetos a solicitar la destrucción o el anonimato de
las muestras biológicas, registros o partes de registros que pudieran
considerarse particularmente delicados, como fotografías, cintas de
vídeo o de audio.
(Véase también Pautas: 5:
Obtención del consentimiento informado:
Información esencial para potenciales sujetos de investigación, 6:
Obtención del consentimiento informado: Obligaciones de los
patrocinadores y de los investigadores; y 7: Incentivos para participar
en una investigación
).
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