Acceso a la justicia en el sistema interamericano de derechos humanos - page 30

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ausencia de información relevante en ciertas etapas del proceso, así como a una significativa
dificultad para organizar la información disponible sobre las causas.
4.
Conclusiones sobre transparencia y acceso a la justicia en el SIDH
4.1
Estándares de transparencia aplicables al SIDH: una forma de mejorar
el acceso a la justicia interamericana
La primera conclusión es que los órganos del sistema interamericano de derechos humanos –
Comisión y Corte– se encuentran sometidos a estándares de transparencia. Esta transparencia se
aplica, entre otros aspectos, a la forma en que se llevan a cabo los procedimientos de peticiones
individuales y casos contenciosos ante ambos órganos.
Los estándares actuales en la materia requieren que se considere la acción de estos órganos
sometidos al principio de máxima publicidad, y que se regulen de forma exhaustiva las excepciones
a dicho principio, fijando plazos y causales claras para las actuaciones reservadas o secretas, y
obligando a los órganos a justificar sus decisiones
de no revelar determinada información. En la
tramitación de los casos individuales, esta publicidad debe ponderarse en particular con la forma de
garantizar los derechos de las presuntas víctimas y peticionarios a la seguridad, integridad y
privacidad. Con todo, considerando el altísimo interés público que revisten los casos que se tramitan
ante el SIDH para los Estados y sociedad civil de toda la región, es necesario prever la forma de
publicitar estos casos en la mayor medida posible. Esto implica no solamente que los actos de estos
órganos sean accesibles a través de solicitudes de información (transparencia pasiva), sino que la
Comisión y la Corte deben proactivamente publicar la mayor información posible sobre la tramitación
de las causas en sus sitios web de forma a que se encuentre abierta al escrutinio público
(transparencia activa).
El cumplimiento de estos estándares de transparencia es una forma de fortalecer la labor del
sistema en su labor de protección de los derechos humanos en la región. Reformas que tiendan a
publicitar la operación de estos órganos pueden, a nuestro juicio, mejorar la eficiencia en la
tramitación de las causas, así como contribuir a legitimar el sistema interamericano en la región.
En efecto, aumentar la eficiencia con la que se tramitan los casos es un punto crítico hoy en día en
el SIDH: el segundo capítulo de este estudio muestra los plazos excesivos que toma la tramitación
de las causas, en particular ante la Comisión Interamericana: el promedio para la adopción de un
informe de admisibilidad son 4,3 años (
Cfr. infr
a
G
13
)
, mientras que la remisión de un caso a la Corte demora en promedio 6,8 años (
Cfr. infra
G
17
)
. Si bien la falta de recursos podría permitir explicar en gran parte el retraso en la
tramitación de los casos ante la Comisión, esto no quiere decir que para solucionar esta situación no
deban considerarse, además de la inyección de recursos para aumentar la planta de personal de la
Comisión, ciertas mejoras en la gestión de los casos. Por ejemplo, algunos autores han considerado
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