Acceso a la justicia en el sistema interamericano de derechos humanos - page 24

24
Este cuadro nos permite apreciar de forma general los distintos grados de publicidad establecidos
por las normas del sistema. Sin embargo, ello no permite realizar un diagnóstico claro respecto de
cuáles son las etapas que tienen mayores grados de opacidad, ni tampoco confronta las normas
establecidas en los reglamentos con las prácticas del sistema. Es lo que haremos a continuación.
3.2
La publicidad en las distintas etapas del procedimiento de casos
individuales: normas y prácticas
El primer acto del procedimiento ante la CIDH es la presentación de las peticiones individuales.
Estas peticiones son inicialmente de conocimiento únicamente del peticionario y de la Comisión, y
no son transmitidas al Estado sino hasta que se inicia el procedimiento de admisibilidad
37
. Es decir,
la tramitación y registro inicial de los casos no son públicos, aunque tampoco queda expresamente
regulado que se trate de actos reservado. En la práctica, no es posible encontrar el registro de las
causas iniciadas a trámite ante la Comisión en su sitio web.
Una vez que la petición ha superado la etapa de tramitación inicial, comienza el procedimiento de
admisibilidad en el que se “transmitirá las partes pertinentes de la petición al Estado”
38
. Todo el
procedimiento de la etapa de admisibilidad anterior al informe de admisibilidad (petición, solicitud de
información al Estado, respuesta del Estado, observaciones del peticionario a la respuesta del
Estado) parece ser de conocimiento exclusivo de las partes
39
y, efectivamente, no existe
información sobre esta etapa en el sitio web de la CIDH.
La primera instancia en que sin duda existe publicidad son los informes de admisibilidad y de
inadmisibilidad
40
. Estos informes son efectivamente publicados en la página web de la Comisión, y
es el primer momento en que quienes no son parte del procedimiento tienen conocimiento de la
existencia de una petición ante el sistema.
La siguiente información pública que se tiene de la tramitación del caso depende de cuál sea la
forma de término del mismo ante la CIDH. Si los casos terminan con una solución amistosa, las
37
Ver los artículos 26 y el artículo 29 del Reglamento de la CIDH, en los que se establece
que del registro del caso se “acusa recibo al peticionario”, y que se le notifican al mismo de
su acumulación o de la decisión de tramitarlas en expedientes separados.
38
Artículo 30.2 del Reglamento de la CIDH.
39
Ver el artículo 30 del Reglamento de la CIDH.
40
El Art. 36.1 del Reglamento de la CIDH: establece que: “Los informes de admisibilidad e
inadmisibilidad serán públicos y la Comisión los incluirá en su Informe Anual a la Asamblea
General de la OEA”.
1...,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23 25,26,27,28,29,30,31,32,33,34,...70
Powered by FlippingBook