Acceso a la justicia en el sistema interamericano de derechos humanos - page 14

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política de transparencia activa por parte del SIDH permitirá generar un mejor conocimiento
de las herramientas disponibles para la protección de los derechos humanos. Esto fortalece la
defensa de las presuntas víctimas que, con un mayor conocimiento de los órganos de
supervisión, podrán usarlo como una guía clara para estructurar sus argumentos y diseñar
una mejor estrategia. La difusión y el conocimiento, que son consecuencia de la transparencia
y del acceso a la información, estimularán también la utilización del sistema no solamente por
las instituciones que ya conocen su funcionamiento, sino también por parte de amplios
sectores de la sociedad
13
.
(iii)
Por último, la transparencia de los procedimientos es necesaria porque habilita el
control del funcionamiento de los órganos de protección por parte de la sociedad civil. En
efecto, una forma de mejorar el acceso a la justicia es permitir que la operación de dichos
órganos sea supervisada por distintos “actores externos, sean estos analistas, miembros de
organizaciones preocupadas por el quehacer judicial o simples ciudadanos que quieren
controlar el funcionamiento de las instituciones judiciales”
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.
Esto permite someter sus
decisiones y procedimientos a crítica, y otorga la posibilidad de hacer diagnósticos sobre su
funcionamiento y proponer reformas para un mejor desempeño de sus funciones
15
. Esta
transparencia, que debe encontrarse dirigida no solo a las partes del proceso sino a la
comunidad toda, presenta algunos desafíos: es posible que esta publicidad colisione en
ciertas ocasiones con la garantía de derechos individuales a la intimidad o privacidad de las
partes
16
. Asimismo, esta transparencia activa exige inversión de recursos materiales y
humanos para poner la información a disposición, en formatos que sean accesibles y que
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En un sentido similar, la Asociación para los Derechos Civiles ha considerado que “es
importante entender la transparencia judicial como una „apertura activa‟, en donde no sólo
se permite el acceso a la información pública, sino que los jueces también deben divulgar y
publicar la información relacionada con el ejercicio de sus funciones”, ver ADC.
Acceso a
la información y transparencia en el Poder Judicial…
op. cit., p. 21.
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CEJA.
Los jueces y la información…
op. cit. párr. 23.
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En un sentido similar, se ha sostenido que “La divulgación de estadísticas judiciales
permitiría a la ciudadanía conocer el verdadero desempeño de los tribunales y al mismo
tiempo generaría oportunidades para que académicos y ONG analicen los desafíos en
materia de funcionamiento y formulen propuestas de reforma”, ver ADC.
Acceso a la
información y transparencia en el Poder Judicial…
op. cit. p. 11.
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COSENTINO, Guillermo. “La información judicial es pública, pero contiene datos
privados: cómo enfocar esta dualidad”, en: CABALLERO, José Antonio; GREGORIO,
Carlos; POPKIN, Margaret y VILLANUEVA, Ernesto (Eds.).
El acceso a la información
judicial en México: una visión comparada
. México: Universidad Nacional Autónoma de
México - Due Process of Law Foundation - Instituto de Investigación para la Justicia - Open
Society Institute, 2005, pp. 247-267.
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