DE LAS
HOSTILIDADES
CONTRA LAS
COSAS
DEL
ENEMIGO
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en
la
guerra
pertenece
orijinalmente
al
soberano,
las
leyes
civiles
pueden
modificar
en
esta
piarte
con
respecto
a
los
subdi
tos
la
regla
del derecho
de
jentes;
i
otro tanto
piuede
verificar
se
respecto
de
las naciones
extranjeras
pior
medio de
conven
ciones
especiales.
As
el
trmino
de veinte i
cuatro
horas que
exijen
algunos
escritores
jiara
consumar
la
adquisicin
pior
el
ttulo
de
capitura
blica,
debe
mirarse
o como
lei
civil
de
ciertos
estados,
o como
una
institucin
del derecho
ele
jentes
convencional
o
consuetudinario,
que
solo
obliga
a
las
naciones
que
expresa
o
tcitamente la
han
adopitado.
De
los
principios
expuestos
en
este
artculo,
se
colije
eviden
temente
que
los
efectos
ajiresados,
i
despus
abandonados
pior
el
captor,
no
pasan
a
ser
res
nullius,
ni
su
ocupiacion
confiere
un
ttulo de
propiedad,
mientras
subsisto el
derecho
de
postli
minio sobre ellos.
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