DE LAS
HOSTILIDADES
CONTRA LAS
COSAS
DEL
ENEMIGO
229
en
la
guerra
pertenece
orijinalmente
al
soberano,
las
leyes
civiles
pueden
modificar
en
esta
piarte
con
respecto
a
los
subdi
tos
la
regla
del derecho
de
jentes;
i
otro tanto
piuede
verificar
se
respecto
de
las naciones
extranjeras
pior
medio de
conven
ciones
especiales.
As
el
trmino
de veinte i
cuatro
horas que
exijen
algunos
escritores
jiara
consumar
la
adquisicin
pior
el
ttulo
de
capitura
blica,
debe
mirarse
o como
lei
civil
de
ciertos
estados,
o como
una
institucin
del derecho
ele
jentes
convencional
o
consuetudinario,
que
solo
obliga
a
las
naciones
que
expresa
o
tcitamente la
han
adopitado.
De
los
principios
expuestos
en
este
artculo,
se
colije
eviden
temente
que
los
efectos
ajiresados,
i
despus
abandonados
pior
el
captor,
no
pasan
a
ser
res
nullius,
ni
su
ocupiacion
confiere
un
ttulo de
propiedad,
mientras
subsisto el
derecho
de
postli
minio sobre ellos.
Portal de Libros Electrónicos de la Universidad de Chile
1...,247,248,249,250,251,252,253,254,255,256
258,259,260,261,262,263,264,265,266,267,...637