Transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción en América - page 105

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ANEXO II
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción*
Naciones Unidas
Distr. GENERAL
A/RES/58/4
21 de noviembre de 2003
Original: ESPAÑOL
ASAMBLEA GENERAL
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 108 del programa
Preámbulo
Los Estados Parte en la presente Convención,
Preocupados por la gravedad de los problemas y las amenazas que plantea la corrupción para la
estabilidad y seguridad de las sociedades al socavar las instituciones y los valores de la democracia,
la ética y la justicia y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley,
Preocupados también por los vínculos entre la corrupción y otras formas de delincuencia, en particu-
lar la delincuencia organizada y la delincuencia económica, incluido el blanqueo de dinero,
Preocupados asimismo por los casos de corrupción que entrañan vastas cantidades de activos, los
cuales pueden constituir una proporción importante de los recursos de los Estados, y que amenazan
la estabilidad política y el desarrollo sostenible de esos Estados,
Convencidos de que la corrupción ha dejado de ser un problema local para convertirse en un fenó-
meno transnacional que afecta a todas las sociedades y economías, lo que hace esencial la coope-
ración internacional para prevenirla y luchar contra ella,
Convencidos también de que se requiere un enfoque amplio y multidisciplinario para prevenir y com-
batir eficazmente la corrupción,
Convencidos asimismo de que la disponibilidad de asistencia técnica puede desempeñar un papel
importante para que los Estados estén en mejores condiciones de poder prevenir y combatir eficaz-
mente la corrupción, entre otras cosas fortaleciendo sus capacidades y creando instituciones,
Convencidos de que el enriquecimiento personal ilícito puede ser particularmente nocivo para las
instituciones democráticas, las economías nacionales y el imperio de la ley,
Decididos a prevenir, detectar y disuadir con mayor eficacia las transferencias internacionales de activos
adquiridos ilícitamente y a fortalecer la cooperación internacional para la recuperación de activos,
Reconociendo los principios fundamentales del debido proceso en los procesos penales y en los
procedimientos civiles o administrativos sobre derechos de propiedad,
* Salvo modificaciones menores de ortografía, este documento es la versión oficial disponible al público en internet.
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