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Pautas
CIOMS
significaría relativamente poco o ningún desarrollo, mientras que se espera
que un patrocinador externo contribuya considerablemente en el caso de
un estudio de campo de vacunas a gran escala que dure dos o tres años.
Debieran determinarse y alcanzarse los objetivos específicos de
desarrollo de capacidades a través del diálogo y negociación entre los
patrocinadores externos y las autoridades del país anfitrión. Se espera que
los patrocinadores externos empleen y, si es necesario, entrenen a individuos
locales para funcionar como, por ejemplo, investigadores, ayudantes de
investigación o administradores de datos, y proporcionen, según sea
necesario, financiamiento, educación y otras asistencias, en medida
razonable, para desarrollar capacidades. Para evitar conflicto de intereses
y garantizar la independencia de los comités de evaluación, no debiera
proporcionarse la asistencia financiera directamente a ellos, sino, más bien,
los fondos debieran ser puestos a disposición de las autoridades que
corresponda del gobierno del país anfitrión o del centro de investigación
anfitrión.
(Ver también Pauta 10:
Investigación en poblaciones y
comunidades con recursos limitados).
Pauta 21
Obligación ética de los patrocinadores externos de proporcionar
servicios para la atención de salud
Los patrocinadores externos tienen la obligación de garantizar la
disponibilidad de:
- servicios para la atención de salud esenciales para la segura
conducción de la investigación;
- tratamiento para los sujetos que sufran daño como consecuencia
de las intervenciones en estudio; y
- servicios que sean parte necesaria del compromiso del
patrocinador de realizar una intervención beneficiosa o poner
razonablemente a disposición de la población o comunidad
participante del proyecto el producto beneficioso desarrollado
como resultado de la investigación.
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