CAPTULO
VIII
Restricciones
impuestas
por el derecho de la
guerra
al
comercio
neutral
activo,
i
principalmente
al
martimo.
1. Mercaderas
enemigas
en
buques
neutrales. 2.
Mercaderas
neu
trales
en
buques
enemigos.
3. Observaciones
sobre
los
dos
principios
opuestos:
el
de la
propiedad
i
el del
pabelln.
4.
Contrabando
de gue
rra.
5.
Bloqueo.
6. Proteccin
enemiga
i
participacin
de
los
neutra
les
en
la guerra. 7.
Deferencia servil
denlos
neutrales
a
las
miras del
enemigo.
8.
Comercio
colonial
i
de
cabotaje;
regla
de
1756.
9.
Em
bargo
de
los
buques
neutrales
para
expediciones
de
guerra.
10.
Visita.
11. Documentos
justificativos
del
carcter neutral. 12. De
claracin
de
Paris.
Tenemos
derecho* piara
confiscar las
mercaderas
enemi
gas
embarcadas
en
buques
neutrales? Considerando
las
naves
mercantes
de
una
nacin
como
una
parte
del
territorio
sujeto
a sus
leyes,
parece que
no nos es
lcito
cometer
en
ellas
un
acto
tan
declarado de
hostilidad,
como
el de
apresar
las
pro
piedades
de
nuestro
adversario.
Pero la territorialidad
de
las
naves
es
una
ficcin,
imajinada
para
representar
la
jurisdiccin
ele
cada
estado
sobre
ellas
i
sobre los
individuos
que
van a su
bordo.
No
debemos dar
a
esta
ficcin
una
latitud de que
re
sultase
mucho
mas
pierjuicio
a
los
belijerantes,
que de
la
prc
tica
contraria
a
los
neutrales.
Sujioniendo,
pues,
que,
al
confis
car
las
propiedades
enemigas
bajo
pabelln
neutral,
se
indem
nizasen
a
los dueos del
buqne
los
perjuicios
ocasionados
por
*
En
esto
captulo,
se
ha
seguido principalmente
a
Chitty
(volu
men
I,
capitulo
9);
i
a
Kent
(parte
I,
lecciones
6
i
7).
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