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Pautas
CIOMS
INTRODUCCIÓN
Este documento es el tercero de una serie de pautas éticas
internacionales para la investigación biomédica en seres humanos propuesta
por el Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas
(CIOMS) desde 1982. Su alcance y preparación refleja la transformación
ocurrida en el campo de la ética de la investigación en casi un cuarto de
siglo desde que CIOMS ofreció por primera vez esta contribución a las
ciencias médicas y a la ética de la investigación. Las Pautas CIOMS, con
su manifiesta preocupación por aplicar la Declaración de Helsinki en los
países en desarrollo, reflejan necesariamente las condiciones y las
necesidades de la investigación biomédica en estos países y las implicaciones
de la investigación multinacional o transnacional en que ellos podrían ser
partícipes.
Un tema relevante, especialmente para esos países -y quizás menos
pertinente hoy que en el pasado- ha sido la discusión sobre hasta qué punto
los principios éticos son considerados universales o culturalmente relativos:
la visión universalista versus la pluralista. El desafío para la ética de la
investigación internacional es aplicar principios éticos universales a la
investigación biomédica en un mundo multicultural, con una multiplicidad de
sistemas de salud y una variación considerable en los estándares de atención
de salud. Las Pautas consideran que la investigación en seres humanos no
debe violar ningún estándar ético universalmente aplicable, pero reconocen
que, en aspectos no sustantivos, la aplicación de los principios éticos -v.gr.
en relación con la autonomía individual y con el consentimiento informado-
debe tomar en cuenta los valores culturales y, al mismo tiempo, respetar
absolutamente los estándares éticos.
Relacionado con este tema está el de los derechos humanos de los
sujetos de investigación, así como los derechos humanos de los profesionales
de la salud en tanto investigadores en una variedad de contextos
socioculturales, y el de la contribución que los instrumentos internacionales
de derechos humanos puedan hacer para la aplicación de los principios
éticos generales a la investigación en seres humanos. El tema tiene que ver
especialmente, aunque no de manera exclusiva, con dos principios: el de
respeto por la autonomía y el de protección de las personas y poblaciones
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