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DERECHO
INTERNACIONAL
puede
demoler
sin
detrimento de
las
antiguas,
no se
incluyen*
en
la
restitucin.
Si
ha
arrasado las
fortificaciones
antiguas
i
construido
nuevas,
piarece natural cjue
estas
mejoras
se
sujeten
*
a
la
misma
regla
cjue los
daos
i
prdidas
ocasionados
por la
guerra.
Mas,
para
evitar
disputas,
lo
mejor
es
arreglar
todos
estos
puntos
con
la
mayor claridad
posible
en
el
tratado
de
paz.
4. Los
pueblos libres,
o
los que
abandonados
por
su
sobe
rano
se
hallan
en
el
caso
de jiroveer
a su
salud
como
mejor
les
piarezca,
i
cpue
en
el
curso
de
la guerra
se
entregan
voluntaria
mente
a uno
de
los
belijerantes,
no
se
comprenden
en
la resti
tucin
de
conquistas
estijiulada
en
el
tratado
de
paz.
5. Entre ste
i
los
otros
tratados,
hai
una
diferencia
digna.
de
notarse;
i
es
cjue
no
lo
vicia
la circunstancia
de haber sido
obra
de la fuerza.
Declarar
la guerra
es
remitirse
a
la decisin
d
las
armas.
Solo
la
extrema
iniquidad
de las
condiciones,
puede
lejitimar
una
excepcin.
6.
Importa
distinguir
entre
una
nueva
guerra,
i
la conti
nuacin de
la anterior
por
el
ejuebrantamiento
del tratado
de
paz.
Los
derechos
adquiridos
por
ste
subsisten
a
pesar de
una nueva
guerra,
pero
se
extinguen
jior
la
infraccin del
tra
tado;
pues aunque el estado de
hostilidad
nos
autoriza
para
despojar
al
enemigo
de
cuanto
posee,
con
todo,
cuanto
se
trata
de
negociar
la paz
hai gran
diferencia
entre
pedir
concesiones
nuevas
o
solo la
restitucin
de
lo
que
ya
se
gozaba
tranquila
mente,
para
lo cual
no se
necesita
que la
suerte
de
las
armas
nos
haya
dado
una
superioridad
decidida. Adase
a
esto
que
la
infraccin
del tratado
de
paz
impone
a
las
potencias
garan
tes
la
necesidad ele
sostenerlo,
reproduce
el
casus
fcederis
para
los
aliados,
i
da
a
la ofensa
un
carcter de
perfidia
que la
agrava.
7.
De
dos. modos
puede
rompierse
el tratado de paz:
o
por
una
conducta
contraria
a
la
esencia
ele todo
tratado de paz
(co-
.
mo
lo sera
cometer
hostilidades
sin
motivo
plausible despus
del
plazo
prefijado
para
su
terminacin,
o
alegando
para
co
meterlas
la
misma
causa
cjue habia
dado
ocasin
a
la gue
rra,
o
alguno
de los
acontecimientos
de
ella);
o
por
la
infraccin
1...,382,383,384,385,386,387,388,389,390,391 393,394,395,396,397,398,399,400,401,402,...637