CAPITULO X
De
la guerra
civil i
de otras
especies
de
guerra.
1.
Guerra civil. 2. Bandidos. 3.
Piratas.
1
Cuando*
en
el estado
se
forma
una
faccin
que
toma
las
armas
contra
el
soberano,
para
arrancarle el
poder
supremo
o
piara
imponerle
condiciones,
o
cuando
una
repblica
se
divide
en
dos bandos
que
se
tratan
mutuamente
como
enemigos,
esta
guerra
se
llama
civil,
que
cpuiere
decir
guerra
entre
ciuda
danos.
Las
guerras
civiles
empiezan
amenudo
por tumultos
populares
i
asonadas,
que
en
nada
conciernen
a
las
naciones
extranjeras;
pero,
desde
cjue
una
faccin
o
parcialidad
domina
un
territorio
algo
extenso,
le da
leyes,
establece
en
l
un
go
bierno,
administra
justicia,
i
en una
palabra,
ejerce
actos
de
soberana,
es
una
persona
en
el derecho de
jentes;
i
por
mas
ejue
uno
de los dos
contendores d
al
otro
el
ttulo
de
rebelde
o
tirnico,
las
jiotencias
extranjeras
que
quieren
mantenerse
neutrales,
deben
considerar
a
entrambos
como
dos
estados
independientes
entre
s
i
de los
dems,
mientras
a
ninguno
ele
ellos
quieran
reconocer
ambas
partes
por
juez
de
sus
dife
rencias.
En la
primera
poca
de la
guerra
de las colonias
hispano
americanas para
sacudir
el yugo de
su
metrpoli,
la
Espaa
solicit
de
los
otros
estados que
mirasen
a
los
disidentes
como
*
Vattel,
libro
III,
captulo
18.
DCHO.
INT.
47
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