198
DERECHO
INTERNACIONAL
1." Lo que
constituye
una
verdadera
alevosa,
es
la
sor
presa.
2.a
Un
rompimiento
no
precedido
de la asercin
de
nuestros
derechos
i
de la demanda de
satisfaccin,
es
una
sorpresa.
3.a
Un
procedimiento
de
nuestro
adversario
que
de
antema
no
hemos declarado
se
mirara
como
un
acto
de
hostilidad,
ha
ce
innecesaria
una
nueva
declaracin
para
dar
principio
a
la
guerra.
4.a
La omisin
de
esta
formalidad
es
claramente
lcita
con
tra
las
piotcncias
que
no
acostumbran observarla.
5.
Aunque
la
notoriedad
de la
guerra
equivale
a una
noti
ficacin
respecto
ele
las
potencias
neutrales,
es
mas
conveniente
notificarla de
un
modo formal
i
solemne cjue
no
d
lugar
a
disputas.*
6.a
La
declaracin
es
superflua
con
respecto
al
enemigo,
croando
las
hostilidades
han
principiado
por
su
parte,
i
con res
pecto
a
los
neutrales,
cuando
el
otro
belijerante
les ha
notifi
cado
la
existencia
del
estado
de
guerra.
7.a La
promulgacin
de la
guerra
es
necesaria para
cjue los
subditos
contraigan
las
obligaciones
del
estado
de
guerra.
La
declaracin
de guerra
es
simple
o
condicional.
En
la
primera,
se
declara
positivamente
la
guerra;
en
la
segunda,
amenazamos
hacerla
si
nuestro
adversario
no se
allana
inme
diatamente
a
la
satisfaccin
demandada.
Antes
o
despiues
de
comenzar
la
guerra,
suelen los
belije
rantes
publicar
una
exposicin
de
las
causas
justificativas
de
ella,
ejue
se
dice
manifiesto,
i
va a veces
incorporada
en
la
declaracin.
Suele
asimismo
el
uno
o
la
otra
contener
las
rdenes
jenerales
cjue el soberano da
a
sus
subditos
relativa
mente
a
las
opieraciones
hostiles.
Pero
el
objeto principal
del
manifiesto
es
conciliarnos la
opinin
de los
otros
estados,
ha
ciendo
patente
la
justicia
de
nuestra
causa.
Apinas
es necesa
rio
advertir cpue
el
lenguaje
de
estos
documentos
debe
ser
noble
i
decoroso:
una
nacin
culta
no
olvida,
ni
aun
con
su
enemigo,
el
respeto
cpue debe
a
las
otras.
*
Kent,
ibdem.
1...,218,219,220,221,222,223,224,225,226,227 229,230,231,232,233,234,235,236,237,238,...637