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DERECHO
INTERNACIONAL
si
la ofensa
est
a
el alcance de
stas,
o
se
le
haga
salir del
pas,
significando
el
gobierno
ofendido
al
otro
gobierno
las
razones
que
haya
tenido para
tratarle de
este
modo.
Los mismos
Esta
dos
Unidos
i
la
Suecia
estipmlaron,
en
4
de
setiembre
ele 1
810,
cpue
en
el
caso
de
mala conducta
del
cnsul
se
le
jrodese
casti
gar
conforme
a
las
leyes, privarle
de
sus
funciones,
o
hacerlo
salir del
pas,
dndose
cuenta
del hecho al
otro
gobierno;
bien
entendido
cjue los archivos
i
jiapeles
del
consulado
no
habian
de
examinarse
por
ningn
motivo,
sino
cjue deberan
guar
darse
cuidadosamente
bajo
los
sellos
del cnsul
i
de la
auto
ridad local.
Vattel
creo
cjue
el
cnsul,
por
la
importancia
de
las funcio
nes
ejue
ejerce,
debe
estar
exento
de la
jurisdiccin
criminal del
piis,
a
menos que
cometa
algn
crimen
enorme
contra
el
de
recho de
jentes;
i
cjue
en
todos los
otros
casos se
le
debe poner
a
disposicin
de
su
propio
gobierno
para que
haga
justicia
en
l. Otros
escritores*
han
sido de la
misma
opinin.
Pero
la
prctica
moderna
(dice
Kent)
no
concede
semejantes
inmuni
dades
a
los
cnsules;
i
puede
mirarse,
como
fuera de
duda,
que
el derecho de
jentes
no
dispensa
una
proteccin
mas
especial
a
estos
empleados,
cjue
a
las
jiersonas
cjue
han
entrado
en
el
territorio de
la
nacin
bajo
salvo
conducto,
las
cuales
en
lo
ci
vil i
criminal
estn
sujetas
a
la
jurisdiccin
del
jias.**
Por
la
citada
convencin
entre
la
Espaa
i
la
Francia,
se
les
jiermite
poner sobre la
piuerta
de
sus casas
un
cuadro
con
un
navio
pintado
i
esta
inscripcin:
Consulado
de
Espaa
o
de
Francia;
jiero
se
declara al
mismo
tiempo
cpue
esta
insignia
no
supone
derecho de
asilo,
ni
sustrae
la
casa o sus
habitantes
a
las
pesquisas
de los
majistraclos
locales,
siendo
meramente
una
sea
de
la morada
del
cnsul
jiara la
conveniencia de
los
extranjeros
cjue
necesiten recurrir
a
l.
La constitucin
de los
Estados Unidos
ele
Amrica
ha dado
a
la suprema
corte
de
la
Federacin
el
conocimiento
privativo
*
Warden
(On
the
origin,
nat.ure,
etc.,
of
consular
establishments);
Du
Franquenay
(Le
Ministre
Public);
Borel
(De
l'origine,
etc.,
des
fonctions
'les
consuls),
citados por
Chitty.
s,
ibdem: Elliot's
Diplomatic
Code,
References,
535.
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