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DERECHO INTERNACIONAL
dos,
cjue
son
aqullos
a
quienes
se
permite
establecerse
per
manentemente
en
el
pas
sin
adquirir
la
calidad
de
ciudadanos.
Se
ceros
doran
transentes
los
empleados
de
una
jxitencia
ex
tranjera
que
desempean
alguna
comisin relativa al servicio
ele
slla,
verbigracia,
los cnsules
i
ajentes
comerciales.
Lo que
se
ha
dicho
en
este
artculo
se
ajilica
a
los
extranje
ros
de
cualquier
clase
i
condicin
cjue
sean,
exceptuando
los
ministros
jiblicos,
de los cuales
se
tratar
en
la
tercera
parte-
de
este
curso.
Resta manifestar las
diferencias
cjue
se
observan
entre
los
transentes
i
los
domiciliados.
Toca
indudablemente
a
la
jurisdiccin
local
fijar
las condi
ciones
bajo
las cuales
se
contrae
voluntaria
o
forzosamente el
domicilio.
Los
extranjeros
domiciliados deben
sojiortar
todas
las
cargas
cpue
las
leyes
i
la
autoridad
ejecutiva imponen
a
los
ciudadanos.
Estn,
por
consiguiente, obligados
a
la
defensa del
estado,
si
no
es
contra
su
jirojiia
patria.
Pero
es
necesario
cpue
el jieso de
los
servicios
i
gravmenes
de
esta
esjiecie
se
reparta
en
una
jiroporcion equitativa
entre
los ciudadanos
i
los
extran
jeros,
i
cjue
no
haya
exenciones
o
preferencias
odiosas
entre
los de diversas naciones.*
Los
transentes
estn
exentos
de
la
milicia
i
de
los tributos
i
dems
cargas
personales;
jiero
no
de los
iinpiuestos
sobre
los
efectos de
uso
i
consumo.
8
La
sana
poltica
aconseja
igualar
a
los
extranjeros
con
los
naturales
en
lo
que
respecta
a
la
adquisicin
de los ttulos
de
propiedad,
i
al
uso
i
disposicin
de los bienes
que posean
den
tro
del
territorio
del estado.
Los bienes
races
son
los
nicos
que
jiueden
razonablemente
exceptuarse
de
esta
regla.
Una
nacin,
jroes,
consultando
su
jiropiia
utilidad,
se
absten
dr
de
arrogarse
sobre los
extranjeros
aquel
derecho odioso
de
extranjera,
peregrinida
l
o
albinajio
(droit
d'aubaine),
por
el cual
se
les
menoscababa
el
derecho
de
sucesin,
ya
fuese
en
los
bienes de
un
ciudadano,
ya
en
los
de
un
extranjero;
i
*
Vattel,
libro
I,
captulo
19,
213.
1...,145,146,147,148,149,150,151,152,153,154 156,157,158,159,160,161,162,163,164,165,...637