O
DERECHO INTERNACIONAL
estn sometidos
a
la
influencia
de
sus
leyes,
i
prestar
la
fuerza
de
la autoridad
pblica
a
la defensa
i
vindicacin de todos
los
derechos
creados por
ellas.
Las
personas
cjue
existen
dentro
del territorio
se
hallan
jiri-
vativamente
sujetas
a
la
jurisdiccin
del
estado. Las
naciones
extranjeras
no
tienen
facultad piara
instituir
en
l
un
tribunal
o
judicatura
de
ninguna
clase,
si
no es
cjue
el
soberano
del
territorio
so
la
haya
conferido. Fundada
en
este
principio,
de
clar
la
corte
suprema
de la
Federacin
Americana,
el
ao
de
1794,
cjue
no
era
legal
la
jurisdiccin
del
almirantazgo
ejercida
por
los
cnsules de Francia
en
el territorio
de
aquellos
estados,
jiues
no se
ajioyaba
en
pacto
alguno.*
La
misma
corte
declar el
ao
de
1812,
en un
caso
clebre
a
cjue
estuvieron
presentes
todos los
jueces:
que la
jurisdiccin
de los tribunales
es una
jiarte
de
la
cjue
reside
en
el
estado,
en
virtud de
su
independencia
i
soberana;
cjue la
jurisdiccin
del estado
en su
territorio
es
necesariamente
exclusiva
i
abso
luta,
i
no es
susceptible
de
ninguna
limitacin,
que
l
no se
haya
impuesto
a
s
mismo;
que toda
restriccin
a
cjue
se
inten
tase
someterla
i
que
se
orijinase
de
una
fuente
externa
menos
cabara
su
poder
soberano
en esa
parte
i
lo trasladara al estado
de cjue
emanase
la
restriccin;
i
que, por
consiguiente,
todo
lo
cjue
limita
esa
plenitud
de
jurisdiccin
dentro
del
territorio
debe
rastrearse
al
consentimiento
ele
la nacin
misma,
i
no
puede
derivarse
ele
otra
fuente
lejtima.**
Cesa la
jurisdiccin
de
un
estado dentro de
su
propio
terri
torio:
1.
Cuando
la persona de
un
soberano
entra
en
las
tierras
de
una
piotencia
amiga.
Representando
la
dignidad
i
soberana
de
su
nacin,
i
pisando
el territorio
ajeno
con
el
beneplcito
del
gobierno
local
(beneplcito
que
en
tiempo
de paz
se
presu
me),
est
exento
de
la
jurisdiccin
del
pas
en
cpue moment
neamente
reside.
2.
Resjiecto
de los
ajentes
diplomticos.
*
Dallas'
Reports,
tomo
III,
pajina
16.
**
Cranch's
Reports,
tomo
VII,
pajina
136.
1...,117,118,119,120,121,122,123,124,125,126 128,129,130,131,132,133,134,135,136,137,...637