Las Reparaciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos - page 14

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EPERTORIO
- R
EPARACIONES
explicite and prominent element of human rights policiy and
strategy”.
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Ahora, nos haremos cargo de un tema vinculado a esta visión de la
responsabilidad internacional de los estados, cual es, la concepción del
agotamiento de los recursos internos, ya sea, como elemento sustancial, o
bien, como aspecto procesal del ilícito. En nuestro concepto, el agota-
miento de los recursos internos es un requisito de admisibilidad para per-
seguir la responsabilidad internacional ante los órganos de protección
supranacional y no un elemento propio del ilícito internacional. La res-
ponsabilidad del Estado surge al momento del acto u omisión contrario a
los derechos convencionales, otra cosa es la persecución de la responsabi-
lidad que de ese actuar emane, donde tiene cabida el tema del agotamien-
to de los recursos internos.
La tesis que sustenta la sustancialidad del agotamiento de los recursos
internos hace imposible o al menos inútil la obligación de prevención,
toda vez que aplicándola
ad extremus,
el Estado se vería eximido de dicho
deber de prevención, sin comprometer su responsabilidad por violaciones
a los derechos humanos, por medio de la reparación interna. Esta solución
es propia de una época voluntarista del derecho internacional público,
inaplicable en el actual desarrollo de la disciplina. Seguir la tesis aquí
criticada implicaría extrapolar una solución propia de derechos interestatales
a un campo diverso, cual es, el de la protección de los derechos humanos,
donde nos encontramos con derechos fuera del campo de disponibilidad
para el Estado.
3. F
UNDAMENTOS DE LA
R
ESPONSABILIDAD
I
NTERNACIONAL
DEL
E
STADO POR
V
IOLACIONES A
L
OS
D
ERECHOS
H
UMANOS
EN EL
S
ISTEMA
I
NTERAMERICANO
Para determinar la fuente de la responsabilidad internacional de los
Estados del sistema interamericano debemos estarnos a los instrumentos
suscritos dentro del sistema.
Por una parte, nos encontramos con la Carta de la Organización de
Estados Americanos, que corresponde al derecho común americano que
fija aquellas obligaciones que adquieren los Estados respecto a todos los
Estados del sistema interamericano dentro de las que se encuentra el res-
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Ibídem
, p. 95.
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