Acceso a la justicia en el sistema interamericano de derechos humanos - page 64

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Las instituciones estatales como defensorías penales o defensorías del pueblo, por su parte,
representan un número muy minoritario de casos (entre 2% y 6%): lo que cabe destacar aquí no es
tal vez los pocos casos que estas instituciones representan, sino el hecho que efectivamente se
encuentren presentes del lado de las víctimas ante estos órganos. Este punto es especialmente
relevante si consideramos que la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF) ha
sido el órgano con el que la Corte IDH ha firmado un acuerdo de entendimiento para que asuma el
rol del Defensor Interamericano
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.
De esta forma, un 84% de las causas con admisibilidad tiene un representante legal, un 15% de los
casos ante la Comisión Interamericana carece de representación legal, y sólo un 1% ante la Corte
IDH. Sería interesante estudiar es si estas cifras son similares en la etapa de tramitación inicial ante
la Comisión: es decir, sería interesante comprobar si efectivamente la falta de representación legal
impide que los casos pasen la etapa de tramitación inicial. Si el porcentaje de causas sin
representación legal fuese mayor en la tramitación inicial que en la admisibilidad, entonces
efectivamente se estaría visualizando un problema de acceso a la justicia ante el sistema, y habría
que ver cuáles son las causas de esta situación e intentar solucionarlas. Ahora bien, con la
información disponible actualmente no es posible realizar este estudio, por lo que como requisito
para efectuar un diagnóstico correcto es necesario aumentar el acceso a la información en la etapa
inicial del procedimiento ante la CIDH (
Cfr. supra
p
.
Una conclusión adicional es que la representación legal se va modificando a lo largo del
procedimiento, específicamente en el paso entre la CIDH y la Corte IDH. Casi no hay causas sin
representación legal ante la Corte, las que tuvieron que adquirir defensa legal en el camino.
Ante la Corte IDH, los abogados particulares y CEJIL, pasan a tener mayor protagonismo que el que
tenían ante la Comisión, mientras que las ONG distintas de CEJIL representan a menos causas en
esta etapa. Debe recordarse, en todo caso, que ante la Corte IDH no es que CEJIL venga a
reemplazar a otras ONG en la representación de las causas, sino que se suma a ellas, de acuerdo a
su estrategia de litigio cooperativo
84
.
83
Corte IDH.
Informe Anual de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 2010.
San
José,
Costa
Rica:
2011,
p.
18.
[en
línea]
[última consulta: 15 diciembre
2011].
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CEJIL. “Litigio en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, [en línea]
<
> [última consulta: 15
diciembre 2011]. El comportamiento de CEJIL en su relación con sus alianzas con otras
organizaciones puede verse en los gráficos del Anexo a este informe.
1...,54,55,56,57,58,59,60,61,62,63 65,66,67,68,69,70
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