Acceso a la justicia en el sistema interamericano de derechos humanos - page 67

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legal, las causas sin representante se demoran un año más en obtener un informe de admisibilidad.
También, respecto de las causas remitidas a la Corte IDH esta diferencia en el tiempo de tramitación
se mantiene. Nuevamente, nuestro informe no nos permite establecer las causas de este mayor
retraso, pero es posible imaginar que los casos sin representante legal se demoran más,
probablemente porque ha habido errores u omisiones en la tramitación. Por el contrario, los casos
con representación legal tienen menores tiempo de tramitación, probablemente porque están mejor
construidos, mejor argumentados, y el conocimiento que las organizaciones o los abogados pueden
tener del sistema les ahorra probablemente correcciones o trámites.
Por otro lado, comparando los distintos representantes legales, nuevamente son CEJIL y los
abogados particulares los que presentan los menores tiempos de tramitación. Por el contrario, las
demás ONG demoran más en tramitar sus casos, en particular en la primera etapa del
procedimiento. Esto habla de lo relevante que es tener representación especializada y/o dedicada
en cada caso.
Después de la admisibilidad, y para la adopción del informe de fondo, las causas representadas por
estas organizaciones tienen menores tiempos de trámite, aunque esto se da básicamente porque
respecto de ellas se ha tendido a utilizar mayormente la práctica de acumular en un mismo informe
la admisibilidad y el fondo. Esta práctica también es más frecuente para los casos sin
representación legal que para aquellos representados por CEJIL o abogado particular. Habría que
evaluar si el hecho de adoptar ambos informes a la vez es, de alguna forma, un intento de la CIDH
de tratar de recuperar tiempo perdido en el inicio de la tramitación de estas causas, o bien si tiene
otra clase de explicación. Pero aunque así fuera, con ello no se logra compensar la demora inicial
en los casos: en efecto, respecto de los casos que llegan a la Corte IDH, las causas representadas
por ONG siguen tardando más que CEJIL o los abogados particulares, pues el retraso que han
acumulado al principio es demasiado grande.
Finalmente, ante la Corte IDH, las diferencias entre los distintos representantes legales son bastante
menores, y la representación legal no parece determinar mayormente el tiempo de tramitación de
las causas.
4.5
Repensando el rol del Defensor Interamericano
De las conclusiones anteriores, creemos que es posible sacar algunas proyecciones respecto del rol
que está llamada a cumplir la recientemente creada figura del Defensor Interamericano, y que
podría contribuir a mejorar el acceso a la justicia de las víctimas en el SIDH.
En efecto, a la luz de este estudio, la instalación de la figura del Defensor Interamericano presenta
algunos aspectos paradojales. Efectivamente, pudimos comprobar que para todos los casos
litigados con anterioridad a la entrada en vigencia del reglamento que estableció la figura del
Defensor Interamericano (es decir, anteriores a 2010), ninguna causa llegó efectivamente a la Corte
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