220 Investigación en Salud. Dimensión Ética
Otros explican esta situación de crisis de
la confidencialidad como parte de un cam-
bio en la estructura interna que sustenta
la medicina de Occidente: hay una rup-
tura en el paradigma histórico de una re-
lación médico paciente dialógica
(4)
, que
cuestiona los valores sobre los que se sus-
tenta moralmente el ejercicio de la profe-
sión. De ahí la dificultad conceptual para
encontrar una visión unificadora respecto
de qué es la confidencialidad en la prácti-
ca médica, cuáles son los compromisos
morales de los profesionales con la vida
privada de las personas que atienden y de
qué manera se debe limitar o conservar la
información expresada o dada a entender.
Información compartida: base de
la confidencialidad
El diccionario de la Real Academia Espa-
ñola de la Lengua define “confidencial”
como “lo que se hace o se dice en confian-
za o con seguridad recíproca entre dos o
más personas
(5)
”. Con esta definición se
incluyen dos elementos fundamentales en
el análisis conceptual: 1) la confidenciali-
dad es bidireccional, es decir, no sólo com-
promete moralmente a quien recibe la in-
formación, sino también a quien la emite,
y 2) requiere de al menos dos personas que
conozcan el conjunto de datos que deben
ser confidenciales, con lo que se determi-
na que no puede hablarse de confidencia-
lidad en la información personal guarda-
da íntimamente.
William Winsdale propone la idea de un
acceso restrictivo y seguro de otros a la
información personal como elemento car-
dinal para la asimilación de los conceptos
de privacidad, confidencialidad y comu-
nicación privilegiada
(6)
. La privacidad se
refiere al acceso limitado de otras perso-
nas a la mente o al cuerpo propio, bien
sea por medio del contacto físico o la re-
velación de pensamientos y sentimientos;
está relacionada con los valores normati-
vos y se considera que debe ser protegida
y controlada. La confidencialidad se apo-
ya en la privacidad, es entendida como la
comunicación de información personal de
un individuo a otro donde, normalmen-
te, se espera que el receptor no revele a
otras personas la información confiada; en
consecuencia, la confidencialidad es pro-
pia de los contextos relacionales. Por últi-
mo, las comunicaciones privilegiadas son
aquellas que la ley protege contra su reve-
lación en instancias o procesos legales. En
este concepto se incluyen las licencias de
confidencialidad que los investigadores
solicitan a los jueces para eximirse de de-
clarar información colectada en sus estu-
dios que por ley estarían impelidos a co-
municar, por ejemplo, abuso o maltrato
de menores de edad.
Por intimidad se entiende aquella “esfera
particular en que uno mismo se despliega
ante sí, se reconoce, afirma y vincula a la
propia identidad. En su nivel más profun-
do, es un pudor interno que protege con
el secreto aquellos conocimientos, senti-
mientos y experiencias que apreciamos
como parte de nuestra más profunda iden-
tidad
(5)
”. La intimidad se refiere también
a la libertad de la persona para seleccionar
la información que desea proteger de los
demás, así como a escoger las circunstan-
cias en que decide dar a conocer los as-
pectos profundos de su personalidad; la
intimidad determina las condiciones que
configuran la confidencialidad. Así, ésta
no sólo incluye la manipulación de infor-
mación íntima y privada, sino también el
contexto en el que se realiza el despliegue
de la misma.
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