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DERECHO INTERNACIONAL
la
intervencin
en
principio;
que
daba
a
cualquiera
potencia
el
derecho,
desconocido
hasta
ahora,
o
mas
bien,
universal-
mente
impugnado,
de
pronunciar
su
juicio
sobre
una
cuestin
interior de
otro
estado,
i
de
proceder
en
consecuencia,
ayudan
do por la fuerza
a
la faccin que ella,
hubiese
querido
recono
cer
como
justa,
con
fundamento
o
sin
l.
El
Mercurio,
con
testndonos,
limit
un
tanto
el
jirincipio;
es
necesario,
dijo,
para
cjue
se
ejerza
el
derecho
de
intervencin,
ejue
poderosos
motivos la
lejitimen,
i
graneles
intereses
la
exijan;
pero
la
in
tervencin
era
todava,
segn
su
modo
de
ver,
un
hecho de
que
no
podian
prescindir
las
naciones,
una
necesidad
de
su
existencia.
No
se
acord entonces
de la
intervencin
negativa
a
cjue ltimamente
ha
querido
ceirse.
H
aqu
sus
palabras
textuales:
Queremos
la
adopcin
de
ese
principio,
porque,
se
guras
las
naciones
de cjue
habr
siemjire cjuien
se
oponga
a sus
avances, i
no
teniendo
la facilidad de
atropellar
a
los
dbiles,
la
jiaz del mundo
estar
mas
asegurada,
i
la
intervencin
ser
negativa;
no
servir para
agredir,
sino
piara
no
dejar
agredir.
Si
El Mercurio
hubiese
reducido
la
intervencin
a
esto
solo,
no
hubiramos credo
necesario
contradecirle;
porque
su
inter
vencin
negativa
es
una
consecuencia
ele
la
regla
jeneral
de
no-intervencion,
cpue
es
la
nuestra.
Sujiongamos,
en
efecto,
cpue,
como
nosotros
lo
creemos,
es
un
jirincijiio
del
derecho
internacional cjue hoi
reconocen
las naciones
civilizadas,
cjue
un
estado
no
debe
intervenir
en
los
negocios
domsticos
de
otro.
Cul
ser la
sancin
ele
esta
regla?
No
jiuede
haber
otra
que
el
derecho de resistir
a
la
intervencin,
desde
cjue
un
esta
do
se
arroga
la
facultad ele
ejercerla,
no
siendo
en
los
rarsimos
casos
excejicionales
que
la
hacen
lejtima. Porque,
si avista
de
un
proceder
semejante,
piermanciesen
las
otras
potencias
es
pectadoras tranquilas
de la
agresin
interventora, qu
sera
la
regla
sino
un
puro
deber
de
conciencia,
del
resorte
de
la
moral
i
no
del derecho?
Si
la
no-intervencion
es un
deber,
la
contra-intervencin,
la intervencin
negativa
de
El
Mercurio,
es
un
derecho.
Ciertos estados
poderosos
se
injirieron
en
las
disensiones
internas
de la
Polonia;
los
otros
estados europeos
pudieron
entonces
oponerse
a
este
desafuero.
Alto
all, pudie-
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