NOCIONES PRELIMINARES
23
trinas
sobre lo que llamaban
jus gentium
han merecido
i
merecern
siempre
la
atencin
i
estudio de
cuantos
cultivan
las
ciencias.
Desde
la
poca
del
renacimiento,
se
empez
a
introducir
en
Europa
un
sistema
de derechos
mutuos,
fundado
jirincipalmen-
te
en
la
jurisprudencia
romana,
aplicada
a
las
cuestiones
que
sucesivamente
se
jiresentaban.
Pero
el
esjiaol
Francisco
Su-
rez
(que
vivi de
1548-1617)
fu
el
primer
escritor
que
en
los
tiempos
modernos
acert
a
dar
nociones
puras
i
slidas
del
derecho natural
i
de
jentes
en
su
tratado
De
legibus
ac
Deo
legislalore.
Poco
despus
Hugo
Grocio
(que
vivi
de
1583-1646)
se
pro
puso
hacer de todas las
doctrinas
emitidas hasta
su
tiempo
una
ciencia
particular
e
independiente, completando
e
ilustrando
este
resumen
con
admirable
sagacidad
i
solidez.
En
su
inmor
tal
tratado
De
Jure
Belli
et
Pacis,
reconoce
la
doble distincin
del derecho ele
jentes,
es
decir,
la de
un
derecho natural
e
inmutable,
i
un
derecho voluntario de todas
o
las
principales
naciones.
Hai
en sus
escritos
un
sabor
moral que les
asegura
la
mas
durable
aceptacin.
Surjieron
despus
dos tendencias diferentes.
Una
de
ellas,
tomando
por
punto
de
partida
el
derecho
natural,
supone
una
lei
racional
innata,
o
prescrita
a
la naturaleza del
hombre;
ala
cual lei
no
pueden
sustraerse
ni los
individuos,
ni
las asocia
ciones
humanas. La
otra
ha
sido defendida
con
calor
por
varios
autores,
que
niegan
absolutamente
la
existencia
de
una
lei
verdadera, obligatoria
por
s
misma,
e
independiente
de
la
voluntad
humana;
porque,
segn
ellos,
no
hai
mas
leyes
que
las
cjue
promulga
el
jioder
material de los cjue
mandan,
como
revestidos
de
una
misin
divina ele
dominacin.
Esto
era
lo
que
entre otros
enseaba el
ingles
Hobbes
(1588-1679).
Las
nociones
naturales de
justicia
han
sido tambin
consi
deradas
como
fundamento
del
derecho,
por
Samuel
Puffendorf
(1631-1694),
en
su
Jus Naturse
et
Gentium.
Pero los
mas
de los
autores
prefirieron
el camino
cmodo
i
prctico
trazado por
Grocio;
i
al mismo
tiempo
que concedian
a
las
leyes
piositivas
una
autoridad
absoluta,
admitan
el
dere-
1...,48,49,50,51,52,53,54,55,56,57 59,60,61,62,63,64,65,66,67,68,...637