DE
LAS
CONVENCIONES
RELATIVAS
AL
ESTADO
DE
GUERRA
353<
pacto
de
triple
alianza,
las
dos
llegan
a
romper
entre
s i ha
cerse
la
guerra,
a
ninguna
de
ellas
se
debe
auxilio
en
virtud
de
tal
pacto.
Rehusar
a
nuestro
aliado
en una
guerra
justa
el auxilio
que
le
hemos
prometido,
es
hacerle
injuria.
Debemos,
por
consi
guiente,
reparar los daos que
nuestra
infidelidad
le
causase.
La alianza
con
uno
de los
belijerantes
nos
hace
enemigos
del
otro.
Pero,
si
no
empeamos
en
la alianza
todas
o
la
mayor
piarte
de
nuestras
fuerzas,
si
no
la
hemos contratado cuando
la
guerra existia
ya
o
amenazaba,
si
es
indeterminada
i
no
contra
aquel
enemigo
en
particular,
i
en
fin,
si
es
piuramente
defensiva,
Vattel
es
de
sentir
que
no
rompemos
la
neutrali
dad,
cindonos
estrictamente
a
prestar
el
auxilio ofrecido.
Sobre
este
piunto,
en
que
no
estn
acordes
las
opiniones
de los
publicistas,
he
expuesto
ya
lo que
me
parece
mas
conforme
a
razn.*
2
La
guerra**
sera demasiado cruel
i
funesta,
i
su
terminacin
imposible,
si
se
rompiese
toda
comunicacin
con
el
enemigo.
Las
circunstancias
obligan
a
veces
al
uno
de los
belijerantes
a
tratar
i
estipular
con
el
otro,
i
ya
hemos visto
la
obligacin
en
que
se
hallan
ele
guardarte
en
sus
contratos.
Consideremos
ahora
algunos
de
ellos
en
particular.
Se
pacta
algunas
veces
suspender
las
hostilidades por cierto
tiempo.
La
interrupcin
de
la
guerra
que
se
limita
a
las inme
diaciones de
una
ciudad
o
campo,
i
a
un
breve
espacio
de
tiem
po,
como
las que
se
hacen para
enterrar
los
muertos
despus
de
un
asalto
o
combate,
o
para
una
conferencia
entre
los
jefes,
se
llama
armisticio
o
suspensin
de
armas.
Si
es
por
un
tiempo considerable,
i
sobre todo
ses
jeneral,
se
llama
tregua.
Pero
muchos
usan
estas
denominaciones
indistintamente.
*
Parte
II,
captulo
7,
artculo 2.
**
La
quo
sigue
es
doctrina
de
Vattel,
libro
III,
captulo
16,
233
siguientes;
i
de los
Elementos
de
Wheaton, parte
IV,
captulo
2,
18
i
siguientes
OCHO.
INT.
45
1...,369,370,371,372,373,374,375,376,377,378 380,381,382,383,384,385,386,387,388,389,...637