OISLIGACIONES
I
DERECHOS
DE
LOS NEUTRALES
281
trales,
exhorto
a
la
cmara
a
que
proceda
en
conformidad
de
esta
declaracin,
mientras
no
tenga
por
conveniente alte
rarla.
No
importa qu
conducta
ulterior
nos
inclinemos
a
adop
tar;
no
importa
que
mas
adelante el
honor i
los
intereses
de
este
pas
nos
fuercen
a
la
guerra;
pero
mientras
nos
declare
mos
neutrales,
evitemos
traspasar
la
estricta
lnea
de
esta
demarcacin.
Cuando
llegue
la
guerra, si
es
cjue
ha de
llegar,
hagmosla
con
todo el
espritu
i
toda
la
enerja
ele
una
nacin
indepen
diente
i
grande...
Pero,
por
Dios!...
obremos
como
neutrales,
mientras
nos
proponemos serlo.*
5
La nacin
neutral debe
usar
con
ambos
belijerantes
los
oficios ele humanidad
que los miembros
de
la
gran
sociedad
humana
se
deben
mutuamente,
i
prestarles,
en
todo
lo que
no
concierne
a
la
guerra,
los
servicios i
auxilios cjue
jmeda,
sin
rehusar
al
uno
de ellos
cosa
alguna
jior
la sola
razn
de
ha
llarse
en
guerra
con
el
otro.
Atocias
las naciones
con
quienes
vivimos
en
paz,
se
debe el
trnsito
inocente;
i
este
deber
se
extiende
a
las'tropas
i
naves.
Pero
toca
al dueo del
territorio
juzgar
si
el trnsito
es
ino
cente
o
n;
i
como
el
de cuerpos ele
tropa,
i
sobre
todo
el ele
ejrcitos,
es
difcil que
deje
de
causar
peligros
i
daos,
el beli
jerante
cjue desea pasar
con
jente
armada
por territorio
extrao,
debe
ante
todo
solicitar el
permiso
del soberano. Entrar
de
otro
modo
en su
territorio
sera violar
sus
derechos,
porque
no
se
puede
presumir
un
jiermiso
tcito
para
la
entrada
de
un
cuerpo
de
tropa,
entrada cjue
jinchera
tener
consecuencias
mui
serias.
Si el
soberano
neutral
cree
que le
asisten buenas
razones
para
negar el
trnsito,
no
est
obligado
a
concederlo,
porque
en
tal
caso
deja
ele
ser
inocente.
Los
belijerantes
deben respe-
*
Ibdem,
pajina
217.
1...,298,299,300,301,302,303,304,305,306,307 309,310,311,312,313,314,315,316,317,318,...637