Las huaneras de Mejillones - page 24

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La empresa manifestó sus títulos i licencias. Presentó los papeles del
Asia, que estaban en la mejor forma, i ademas un certificado del guarda en comi-
sion don José Ramon O’Rian, en que declara que no solo el Asia, surto en esos
momentos en la bahia, sino tambien la
Japonesa
, despachada en dias anteriores,
habian salido de Valparaiso con la licencia i demas requisitos prevenidos por la
Ordenanza de Aduanas. (
Véase el documento núm 9.
). En cuanto al permiso para
esplotar huano, la empresa manifestó el certificado en forma del Cónsul chileno
en Cobija, en que declara, a solicitud del socio Torres vecino de dicho puerto,
que la sociedad descubridora ha obtenido del Supremo Gobierno de Chile, el
permiso competente para esplotar huano en Mejillones, cuyo permiso ha sido
comunicado al Consulado por el Ministerio de Relaciones Esteriores con fecha
24 de mayo de 1862. Manifestó la empresa al propio tiempo el decreto de la
Intendencia de Atacama, fecha 24 de diciembre del mismo año, en que se otorga
a la sociedad descubridora las licencias respectivas para los objetos que consti-
tuyen un establecimiento de esplotacion, como plantear máquinas i edificar; i en
que se dispone que el Gobernador de Caldera ordene al Inspector de Mejillones
ponga a los descubridores en posesion de los terrenos a ellos concedidos, i dicte
las providencias convenientes con el objeto de
ampararlos en el trabajo de las
huaneras que esplotan.
Tambien se manifestó al Teniente de aduana Lepé un
certificado estendido por él mismo en su carácter de inspector, i en el cual se de-
clara que los empresarios han sido puestos en posesion de los indicados terrenos.
Justos o no justos estos títulos, en esos momentos tenian necesariamente
toda la fuerza, estension i autenticidad que les daban la buena fé de sus tenedo-
res, que era evidente, su forma, que era legal, i las autoridades de donde emana-
ban, que eran lejítimas. Así lo entendió sin duda i mal de su grado el Inspector i
Teniente de aduana; pues calló i se abstuvo mui bien de calificarlos ni descono-
cerlos paladinamente.
I decimos
mal de su grado
; porque en sus actos ulteriores acreditó dicho
funcionario haber llevado la determinacion de suspender a toda costa los traba-
jos de esplotacion, aun cuando para ello fuere necesario investirse
ex propria
autoritate
de la potestad lejislativa. En efecto, el 13 del mismo mes, ordenó a
los esplotadores que circunscribiesen sus trabajos a las cobaderas de la pared de
la bahía i a ciertas cobaderas del morro, en la estension de cincuenta metros de
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