Transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción en América - page 30

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o bien ejecutan sus propios programas. Un ejemplo destacado es el
Open Society Institute, que participó en la convocatoria y organización
de la Reunión y estuvo presente en la misma.
4.2.En el nivel nacional
No en todos los países de nuestra región se encuentran todos los compo-
nentes o actores que se bosquejan a continuación y, en todo caso, la pre-
sencia e importancia de ellos varía de país en país:
Normas legales
relevantes, así como incorporación a la legislación nacio-
nal de
convenciones
(de ONU o de la OEA) anti–corrupción. Estas normas
por lo general establecen principios generales de promoción, prevención
y control de la probidad pública o tipifican conductas ilícitas. Se han he-
cho frecuentes las
leyes de acceso a información pública
y/o de obliga-
ción de transparencia activa por parte de entes públicos (en este punto
destacan, como se mencionó anteriormente, las leyes respectivas de
México y Perú). En cambio, la legislación que permite
acciones de interés
público (
esto es la posibilidad de litigar ante la justicia haciendo valer el
interés público colectivo o difuso) en esta materia es todavía incipiente.
Políticas públicas
, sean programas o
planes generales
de probidad o pro-
moción de
sistemas de integridad pública
o bien
políticas específicas,
como
por ejemplo, las que se refieren a adquisiciones públicas. En cuanto a cam-
pañas generales contra la corrupción, varios participantes destacaron que
si permanecen en un nivel retórico o general, como ha sucedido muchas
veces, no carecen de efecto, sino que pueden reforzar un sentimiento so-
cial de conformismo e inevitabilidad. Las campañas o declaraciones gene-
rales deben estar sustentadas en medidas eficaces concretas.
Organismos estatales especiales encargados de ejecutar
tales planes o
políticas estatales
o de asesorar
a las autoridades, tales como comisio-
nes de probidad pública o departamentos o unidades especiales en
determinados ministerios.
Organismos estatales especiales de control, supervisión, sanción admi-
nistrativa o denuncia
, tal como contralorías, auditorías internas en dis-
tintas entidades públicas o departamentos especializados en las
defensorías del pueblo. Al hablar de agencias especiales anti–corrup-
ción, el expositor del Banco Mundial señaló que la práctica ha enseñado
que, por lo general, no sirven de mucho; destacó que Chile es un ejem-
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