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DERECHO INTERNACIONAL
necesario rechazarlas medidas violentas de
la
Francia,
hacien
do
recaer
sobre ella
las consecuencias funestas
de
su
propia
in
justicia.
Se
orden,
pues, que
no
se
permitiese
a
buque
alguno
comerciar de
uno
a
otro
de los
puertos
de Francia
o
de
sus
aliados,
u
ocupados
por
sus
armas,
o
sometidos
de
tal
modo
a
su
influjo
que
no
admitiesen
el libre
comercio
ele las
naves
bri
tnicas. Con
esta
prohibicin
(segn
otra
orden
del
consejo,
a
11 de noviembre del
mismo
ao),
se
habia
propuesto
la Gran
Bretaa
obligar
al
enemigo
a
retirar
sus
providencias,
o
indu
cir
a
los
neutrales
a
obtener la
revocacin;
pero,
no
habindose
logrado
este
objeto,
se
insisti
en
el
mismo
entredicho,
aa
diendo
la
confiscacin
de
todo
comercio
de
jneros
producidos
o
fabricados
en
los dominios de la
Francia,
dess
aliados,
o
do
los
soberanos
cjue
sin
declarar la
guerra
habian
excluido
de
sus
jiucrtos
la
bandera
britnica;
i
castigando
con
la
misma
piena
el
uso
ele
los
certificados
de
orjen, expedidos
por los
ajentes
consulares
del
enemigo,
i
de
que
se
servan los
comerciantes
piara
hacer
constar
cjue
las
mercaderas
no
eran
de
jiroduccion
o
fbrica
inglesa.
En
esta
misma
orden,
i
sobre
todo
en
la
de 25
de
noviembre,
se
exceptuaban
de
aquel imajinario bloqueo
las
naves
neutrales
cjue hiciesen el
comercio
con
el
enemigo
desde
puertos
ingle
ses,
obteniendo
para
ello
pasavantes
del
gobierno ingles,
i
pa
gando
varios
derechos de
entrada
i
salida
segn
las
circuns
tancias
del
viaje.
Esto
provoc
el decreto de
Miln
de 17 de
diciembre
de
1807.
El
emperador
francs
declar
desnacionali
zada
i
convertida
en
jiropiedad
enemiga,
i
por
tanto
confiscable,
toda
nave
cjue hubiese sufrido la
visita de
un
bajel
britnico,
o
sometdose
a
aquella
escala,
o
pagado
cualquier
imjiuesto
al
enemigo;
subsistiendo
en
toda
su
fuerza
el
bloqueo
de las
islas
britnicas,
hasta
que
el
gobierno
ingles
volviese
a
los
jirinci-
jiios
del
derecho
de
jentes.
Posteriormente
(jior
la
orden del
consejo
de
26
de abril de
1809),
so
limit
el
bloqueo
britnico
a
la
Francia,
Holanda
i
reino
de
Italia
con
las
respectivas
colonias. De
esta
manera,
el
sistema
ele
represalias
de
la
Gran
Bretaa
no se
haca
sentir
indistintamente
a
todos los
pases
donde
estaban
en
vigor
los
1...,345,346,347,348,349,350,351,352,353,354 356,357,358,359,360,361,362,363,364,365,...637