RESTRICCIONES
IMPUESTAS
POR
EL DERECHO
DE LA
GUERRA
31'J
6
Los
tribunales
de los
Estados Unidos
han
declarado
frecuen
temente
que el
navegar
con
licencia
o
pasaporte
de
proteccin
del
enemigo
con
el
objeto
de
promover
sus
miras
o
intereses,
era un
acto
de
ilegalidad
que
sujetaba
tanto
la
carga
como
la
nave a
la pena de
confiscacin.*
jiuerto
mismo
de
Copenhague,
sin
declaracin
de guerra,
impuso
a
la
Rusia,
la Dinamarca
i
la
Suecia
un
tratado
en
cjue
insert
las
princi
pales
disposiciones
de
su
derecho
martimo.
Adoptaba
a
primera
vista
la
definicin del
bloqueo
dada por los tratados
de
la
neutralidad
ar
mada
de
1780:
no se
da la
denominacin
de
puerto bloqueado
sino
al
que
es
atacado por la
potencia bloqueadora
con
buques
apostados
i
suficientemente
cercanos,
de
manera
que
hagan
evidentemente
peligrosa
la entrada. Pero
la versin
inglesa
pono
apostados
o
sufi
cientemente
cercanos,
sustituyendo
a
la
partcula
i la
partcula
o, i
convirtiendo el
sistema
dla
neutralidad
armada
en
el
sistema
ingles,
pues
en
virtud do
esta
versin
no
es
necesario
que los
buques
estn
apostados;
basta
quo estn suficientemente
cercanos,
determinando
el
belijerante,
como
nico
juez
de
sus
actos,
la
cercana
que l estime
suficiente.
Un
buque
en
crucero
delante
de
una
costa
era
todo lo que
so
necesitaba para
bloquearla
por
extensa
cjue
fuese,
pues estaba bas
tante
cercano
para apresar
a
todos los neutrales cjue
sedirijieran
a
los
lugares
nominalmente
bloqueados.
E1
crucero
consiste
en
que
uno
o mas
buques
do guerra
o
corsarios'
recorran
ciertos
parajes
con
el
objeto
de
apresar los
buques
enemigos
i
de
impedir
a
los
neutrales
que
lleven
al
belijerante
objetos
de
con
trabando
do guerra.
El
crucero
puedo
hacerse por
medio de
poderosas
escuadras;
pero,
en
jeneral,
corsarios i
pequeos
buques
son
los
quo
so
encargan
de
esto
servicio.
El
espacio
en
que
una
goleta
establece
su
crucero,
puede
abrazar
centenares
de
leguas.
El
carcter
constitu
tivo
del
bloqueo
es
la
posicin
fija
de
los
buques
i
el
del
crucero
con
siste
en
su
movilidad.
Es do sentir
quo
la
declaracin
del congreso
do
Paris,
do
16 de
abril
de
1856,
no
haya
sido
mas
esplcita
sobre
la cuestin de
los
bloqueos
efectivos,
para
proscribir
semejante
abuso.
Otro de
los
bloqueos
ilegales
denunciados
por
este
celoso
publicista
es
el
cjue
llama
pacfico.
Haco
algunos
aos
que
varias
naciones,
entre
ellas
la
Francia,
la
Inglaterra
i
la
Rusia,
han
formado
bloqueos,
pretendiendo
sin
embargo
*
Kent's
Commen
imparte
I,
leccin
4.
1...,336,337,338,339,340,341,342,343,344,345 347,348,349,350,351,352,353,354,355,356,...637