DEL DERECHO
COMERCIAL
I
MARTIMO
135
hai
otro
motivo
de
temer
que
propague
una
enfermedad
con-
tajiosa,
se
le pone
en un
estado
completo
de
incomunicacin
jior
un
espacio
de
tiempo
cjue
en
jeneral
es
de
cuarenta
dins,
aunque
puede
ser
mayor
o
menor
segn
las
circunstancias.
E!
principal
documento
que
sirve
para
averiguar
si el
buque
debe
hacer
cuarentena
i
por cunto
tiempo,
es
el
certificado,
bol
el
a
o
fe
de
sanidad,
dada
en
el
puerto
de
donde
procede
el
buque.
En
este
documento,
se
notifica
el estado de
salud
de
aquel
puerto.
Se
llama
certificado
limpio
el
que
atestigua
cjue
el
puerto
se
hallaba
exento
de
ciertas
enfermedades
contajiosas,
como
la
peste
o
la fiebre
amarilla;
sospechoso,
si
habia
solo
rumores
de
infeccin;
i
sucio,
si
la
jilaza
estaba
apestada.
Su
falta,
cuando
el
buque
viene
de
paraje
sosjiechoso.
se
conside
rara
como
equivalente
a un
certificado
sucio.
En
todos
tiempos,
ha
habido
gran
diversidad
de
opiniones
sobre
el carcter
contajioso
de
varias
enfermedades. El
ele la
peste
de
Levante,
jior
ejemplo,
se
ha
revocado
en
duda por
muchos
hbiles
profesores
de
medicina,
que
la
han
observado
en
los
pases
donde aparece
mas
amenudo.
No
obstante
las
frecuentsimas
comunicaciones
comerciales
de
Inglaterra
con
las
pilazas
en
cjue suele
hacer
mas
estragos
la
pieste,
i sin
em
bargo
de la
notoria
facilidad
con
cjue
se
eluden
los
reglamentos
de
sanidad
en
los
puertos
britnicos,
no
hai
ejemplo
de cjue
en
mas
de
un
siglo
haya
prendido
la
infeccin
en
ellos,
o
en
los
empleados
i sirvientes
de los lazaretos. Ni
hai motivo de
creer
cjue
la
peste
que
afliji
a
Londres
en
1665
i
60
fuese
la
misma
do
Levante,
i
parece
mas
verosmil que la
cnjenelrase esjiont-
neamente
una
viciosa constitucin
de la
atmsfera,
orijinada
ele la
estrechez de las
calles,
la
densidad
de
la
poblacin,
la
escasez
de
agua
piara los
menesteres
domsticos,
la
acumulacin
ele
inmundicias
i
otras
circunstancias que
contribuan
a
la
in
salubridad
de Londres
antes
del
grande
incendio
de
16G6,
desde cuya
poca
no
ha
ocurrido
un
solo
caso
de
peste.
Es
equivalentes
arrt
de
prince,
arrt
de
puissance)
suele
tomarse
en
un
sentido
jeneral, comprendiendo
las
angarias
Llmase
embargo
civil
para
distinguirle
del
hostil
o
blico,
de cjue
se
hablar
mas
adelante
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