DE
LOS
AJENTES
DIPLOMTICOS
383
La
misma
seguridad
se
debe
a
los
jiarlamentarios
o
trompe
tas
en
la
guerra; i
aunque
no
estamos
obligados
a
recibirlos,
sus
personas
son
inviolables,
mientras
se
limitan
a
obrar
como
tales,
i
no
abusan
de
su
carcter para daarnos. Pero
debe
notarse
que
la
comunicacin
por medio de
parlamentarios
solo
tiene
lugar
entre
jefes.
Otro
jirivilejio
del
ministro
pblico
es
el
estar
exento
de
la
jurisdiccin
dol estado
en
cpue
reside;
independencia
necesaria
piara el libre
ejercicio
de
sus
funciones,
pero
que
no
debe
con
vertirse
en
licencia.
Est,
piues,
obligado
a
respetar
las
leyes
del
pas,
las
reglas
universales de
justicia,
i
los
derechos del
soberano
cpue
le
dispensa
acojida
i
hospitalidad.
Corrompicr
a
los
subditos,
sembrar
entre
ellos
la
discordia,
serian
en
un
ministro
pblico
actos
de
perfidia
que deshonraran
a
su
nacin.
Si
un
ministro
delinque,
es
necesario
recurrir
a su
sobsrano
para
que
haga
justicia.
Si
ofende
al
gobierno
con
cjuien
ha
sido
acreditado,
se
piuede,
segn
la
gravedad
ele los
casos,
o
jiedir
a
su
soberano
que
le
retire
o
prohibirle
el
jiresentarse
en
la
cor
te,
mientras
cjue
su
soberano,
informado
ele los
hechos,
toma
providencias,
o
mandarle
salir
del
estado.
I si
el ministro
se
piropasa basta el
extremo
ele
emjilear
la fuerza
o
valerse
de
medios
atroces,
se
despoja
de
su
carcter
i
puede
ser
tratado
como
enemigo.
En
casos
criminales,
no
debe el
ministro
constituirse
actor
en
juicio,
sino
dar
su
queja
al
soberano
jiaracjue
el piersonero
jiblico piroceda
contra
el
delincuente.
extranjero,
o
cualquiera
persona de
su
comitiva,
no
hai
obligacin
de
entregar
el delincuente ala
nacin
ofendida,
aun
cuando
sea
ciudada
no
de
ella,
sin
embargo
de que
puedan
ocurrir
casos
en
que,
pro
bono
pblico,
i
para que
los
culpables
de
un
crimen
atroz
no
evadan
el
castigo,
sea
lcito
entregarlos
a
la
justicia
del
paisa
cjue
pertenecen,
o en
que
se
cometi
el
delito.
En
jeneral,
la
pena
se
aplica
en
el
pas
en
que
el
delito
ha
sido
juzgado
i
sentenciado;
i
como
la
sentencia
debe
ser
cierta i
determinada
bajo
todos
respectos,
no
puedo
accederse
a
cjue
la
prisin
del
reo se
prolongue
hasta que el
soberano
ofendido
declaro
estar
satisfecho.
Caso de
Repblica,
V,
Longchamps,
Fila--
delfia;
Dallas'
Reports,
tomo
I.
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