RESTRICCIONES IMPUESTAS POR
EL
DERECHO
DE
LA
GUERRA
377
sus
buques
ele
guerra
significar
mutuamente
la
nentralidacl
ele
las
naves
mercantes
escoltadas pior
ellos i la
lejitmidad
ele
sus
destinos
i
cargas;
i si
los soberanos
contratantes
se
avienen
a
aceptar
el
uno
del
otro esta
prenda
u
otra
cualquiera,
no
tienen
las
dems
potencias
ejue
ver
en
eso,
ni
se
les
da
el
me
nor
motivo de
queja.
Pero
ningn
soberano
piuecle
legalmente
exijir
ejue
se
admita
semejante
seguridad,
no
mechando
pacto
expreso,
jiorejue
el
derecho
comn
no
reconoce
otra
que la
visita
i
rejistros
ejecutados
por los
belijerantes.
La
tercera
proposicin
es:
que la pena
impuesta
por
el
derecho de
jentes
a
los
contraventores
es
la
confiscacin
de las
propiedades
que
se
intenta
sustraer
al examen.
Remitindome,
aadi
el
juez,
al
dictamen
de la
recta
razn,
a
la
expresa
autoridad
de
Vattel,
a
nuestras
instituciones i
a
las
de
otras
graneles potencias
ma
rtimas,
sostengo
con
toda confianza
que,
por
el
derecho
de
jentes,
segn
se
entiende
en
el
cha,
la
pena
del neutral
que
opone
una
deliberada
i
continuada
resistencia
a
la
visita,
es
la
confiscacin.*
La
visitase hace
ele
este
modo.
Un
buque
intima
a
otro,
por
medio
de
un
caonazo
o
de
la
bocina,
epue
se
detenga
i
se
acerque
hasta que
el
primero
le
enve
un
bote
jiara
examinar
sus
jiajieles
i carga.
Habindose hecho
prctica
universal
la
de
navegar
con
diferentes
pabellones
para
disimular la
nacio
nalidad
de
la nave,
con
la mira de
insjiirar
una
falsa
seguridad
a
los
enemigos
o
evitar
sus
ataques,
resulta
cjue nadie tiene
confianza
en
la bandera
del
cjue
le
llama,
el cual
jiuede
ser,
no
solo
un
belijerante lejtimo,
sino
un
pirata,
cjue,
para
mejor
ejecutar
su
prfido
intento,
enarbola
un
pabelln
amigo.
Para
ocurrir
a
este
inconveniente,
se
introdujo
la costumbre de
afianzar
el
tabelin
tirando
un
caonazo
sin
bala,
jior medio
del
cual
el
comandante del
buejue
armado
asegura
al
otro
cjue
su
divisa
es
sincera i
leal.
Pero,
como
c\s
fcil
cjue
un
pirata
haga
otro
tanto,
i
como
las
jiotencias
belijerantes
no
han
ob
servado
escrupulosamente
esta
costumbre,
i
aun
algunas
no
la
reconocen,
el derecho convencional
de la
Eurojia
ha establecido
*
Robinson's
Reports,
libro
I,
pajina
340.
1...,358,359,360,361,362,363,364,365,366,367 369,370,371,372,373,374,375,376,377,378,...637