DE LAS
PRESAS MARTIMAS
255
convenciones
solemnes.
Tal fu
la
de
agosto
de
1802,
ratificada
en
1818,
entre
la
Espaa
i
los Estados
Unidos de
Amrica,
para
el
arreglo
de las
indemnizaciones solicitadas
por
ambas
piartes
a
consecuencia
de
los
excesos
cometidos
en
la guerra anterior
pior
individuos do
una
u
otra
nacin
contra
el
derecho de
jentes,
o
contra
lospiactos
cjue
existan
entre
ellas;*
arreglo
cjue
vino
a
terminar
en
la
cesin
de
las
Floridas,
estijrolada
en
el
tratado
de
Washington
el
22 de febrero
de
1819
entre
las
mismas
na
ciones.**
Pueden,
jiues, los
interesados
en una
presa indebidamente
condenada,
recurrir
al
gobierno
de
su
pas
para
cjue reclame
la
competente
indemnizacin del
gobierno
cuyos
juzgados
han
pronunciado
la
sentencia
injusta.
Pero la
equidad
natural
no
jiermite
cjue
un
estado
sea
resjionsable
de
la
conducta
de
sus
miembros,
mientras los
actos
de
stos
no
hayan
sido
examina
dos jior todos los medios
que el
estado
ha
provisto
al efecto.
Como
regularmente
no
solo hai
juzgados
inferiores de
presas,
sino
tribunales de
revisin
o
apielacion,
a
que
tienen
recurso
los
que han sido
agraviados
por
los
juzgamientos
de
aqullos,
los neutrales
no
pueden
interpioner
justamente
la
autoridad
de
su
gobierno
contra
un
fallo del
juzgado
inferior,
mientras
no
han
hecho
uso
del
recurso o recursos
de
apelacin,
que
les
conceden
las
leyes
del
belijerante.***
5
Luego
que
los
captores
llegan
a
tierra,
es su
obligacin
pre
sentar
los
papeles
de
mar
de la
nave o
propiedad
ajiresada
al
tribunal
de
presas,
i hacer
que
se
proceda
al examen de
los
oficiales
i
marineros.
Sobre
estos
papeles
i
declaraciones,
debe
juzgarse
la
causa
en
primera
instancia. Si
en
virtud de
estas
pruebas
aparece
claramente
que
la
jiropiedad apresada
es
hos-
*
Martens,
Supplement
au
Recueil des
Traites,
tomo
VIII,
pajina
568.
**
Martens,
Supplement,
tomo
IX,
pajina
328.
***
Rutheforth's
Instit.
tomo
II,
1.
2,
capitulo
1,
99,
citado
por
Wheaton,
parte IV,
captulo
2,
15.
1...,272,273,274,275,276,277,278,279,280,281 283,284,285,286,287,288,289,290,291,292,...637