DE LAS PRESAS
MARTIMAS
2-Jd
Las
sentencias
de
estos
juzgados
tienen
toda
fuerza
i
valor
en
las
naciones
extranjeras,
como
pronunciadas
por autoridad
lejtima
sobre
materias
de
su
fuero.
Ellas dan
a
los
adjudica
tarios
de la
propiedad apresada
un
ttulo incontrovertible.
Los
juzgados
americanos
han
sentado
en
principio
cpue
la sentencia
de
un
tribunal
extranjero
que
condena
propiedades
neutrales
en
conformidad
con
una
lei
o
edicto
injusto
en
s
mismo,
con
traro al
derecho
de
jentes,
derogatorio
de
las
inmunidades
de
los
neutrales,
i
declarado
tal
por el
presidente
i
congreso de los
Estados
Unidos,
trasfiere
no
obstante el dominio
ele
la
propie
dad condenada.
Consecuentes
a
este
jirincijiio,
declararon que
los
propietarios
americanos
no
jiodian
reclamar
ante
los
tri
bunales
de
su
patria
las
jiropiedades ajiresadas
i
condenadas
en
los tribunales franceses
a
consecuencia
del
decreto de
Miln.*
Otro corolario
de
la fuerza
i
valor
cjue
se
da por el
derecho
de
jentes
a
las
decisiones
de
los
juzgados
de presas,
es
cjue
cada
sentencia
pronunciada
jior
uno
ele ellos
se
recibe
como
prueba concluyenteen
los
juicios
sobre
jilizas
de seguros,
aun
dado
caso
cjue
haya
sido
injusta,
con
tal ejue la
injusticia
no
ajiarezca
en
la
sentencia
misma.
Por
consiguiente,
no
se
admi
te
prueba
contraria
dirijida
a
falsificar los hechos que
se
afir
man
exjiresamente
en
ella,
o a
manifestar que el
fallo
ha sido
infundado.*"
En
un
juicio
sobre
el seguro
de
una
propiedad
que
haba
sido condenada
en
Francia
jior
una
sujiuesta
infraccin
de
un
tratado
entre
Francia
i
Amrica,
decia lord
Ellenboroug:
No
se
funda la
sentencia
ele
condenacin
en
la circunstancia de
no
llevar
el
buejuc
los
documentos
de
cjue,
ajuicio
del
tribunal
francs,
debi
estar
provisto
segn el
tratado? Yo
no
digo
que
fuese
correcta
la
interpretacin
que
dieron
a
este
tratado los
jueces;
piero, j)or
inicua
cjue
haya
sido,
teniendo
jurisdiccin
comjietcnte
jiara
interjiretarlo
i
habindolo
hecho
en
efecto,
el
respeto
i
cortesa cjue
las
naciones
civilizadas
se
guardan
unas
a
otras,
nos
obligan
a
dar
crdito
a
la
adjudicacin.
Alegese
lo
*
Elliot's
References,
nmeros
50,
53.
**
Chitty's
Commcrcial
Law,
tomo
III,
pajina
487.
1...,270,271,272,273,274,275,276,277,278,279 281,282,283,284,285,286,287,288,289,290,...637