382
rectamente subordinada a un derecho que seguía representándose a sí
mismo como centro trascendente y ordenador de todas las estructuras
legales
urbi et orbi
, y que se puede entender como una metonimia de
aquellamítica figura conocida como la "cultura occidental".
Ejemplo señero de lo anterior se da en el caso del ya casi olvidado
-excepto, tal vez, en las cátedras de antropología- jurista británico, Sir
Henry Maine (1822-1888). AMaine se le ha considerado como uno de
los "padres fundadores" de lamoderna ciencia antropológica (específica-
mente de lo que se podría llamar "antropología del derecho" (Kuppe y
Potz, 1995)), por su estudio de los fenómenos jurídicos de otras culturas.
Ahora, es bastante común que cada vez que se quiere destacar la "juris-
prudencia histórica" de Maine, se haga en oposición a las ideas del otro
gran jurista británico del siglo XIX, JohnAustin (1790-1859). Ycomo a
todos los lugares comunes, aunque peque de superficial, le subyace una
base de verdad, me serviré de este antagonismo -
prima facie
irreconci-
liable- entre ambas figuras, para caracterizar la relación que en un co-
mienzo habría tenido la antropología con el derecho.
Para comenzar, vale conceder que si se pone atención a los respecti-
vos objetivos y métodos con los que cada autor comprendía la ciencia
jurídica, las diferencias son sustanciales. En efecto, mientras bajo la in-
fluencia de la "escuela histórica" de FriedrichKarl vonSavigny y del histo-
riador germano Barthold Georg Niebuhr (cfr. O’Brian, 2005: 229 y ss.),
el propósito de las investigaciones jurídicas deMaine, según nos dice en
su
Ancient Law
(1861), era "indicar algunas ideas primitivas del género
humano, tales como las refleja el antiguo derecho, y mostrar la relación
que las une con el pensamientomoderno" (Maine, 1993[1861]: 11), el de
la obra de Austin, específicamente de
The Province of Jurisprudence
Determined
(en adelante:
PJD
; de 1832), era la distinción del "derecho
positivo" -"the appropriatematter of jurisprudence", decíaAustin- de otros
tipos de "leyes" o "derechos" con los que se asemeja o relaciona de alguna
forma -como los de carácter religioso omoral (Austin, 2001[1832]: 164-