Transparencia, rendición de cuentas y lucha contra la corrupción en América - page 18

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necesidad de asegurar la implementación de la normativa internacional y
hacer más exigentes los requisitos que los bancos de cooperación esta-
blecen para prestar dinero a países con malos índices de corrupción.
Sobre este punto, y retornando al papel de los actores privados, es
importante considerar el papel de las empresas multinacionales, que
juegan un rol clave en el mantenimiento de prácticas corruptas en paí-
ses con altos niveles de corrupción. En efecto, las estadísticas han
demostrado que en lugar de adoptar una política consistente contra la
corrupción, estas empresas tienden a ajustarse al nivel de corrupción
imperante en el lugar en que operan, contribuyendo de esta manera a la
perpetuación del fenómeno. Por otra parte, desde el 11 de septiembre
de 2001, los Estados Unidos, así como muchos otros países y, asimis-
mo, nuevas normas de derecho internacional sobre la materia, han puesto
creciente énfasis en evitar que la banca privada se convierta en una
herramienta que facilite el lavado de dinero.
2.2.En cuanto a
conceptos o nociones centrales sobre la “cara posi-
tiva”
de transparencia y rendición de cuentas
• Estos conceptos se encuentran
a la base de la teoría democrática
. Se
supone que:
(a)
La soberanía reside en el pueblo, quien delega gran
parte de su ejercicio en autoridades elegidas por él;
(b)
como delegatarias
de los ciudadanos, las autoridades cumplen una función al servicio del
bien común, de modo impersonal, sujetas a las leyes y a responsabilida-
des especiales;
(c)
entre sus responsabilidades se cuentan responder
ante sus mandantes, los ciudadanos, dando cuenta de su gestión;
(d)
los ciudadanos pueden ejercer, como mandantes, una función de parti-
cipación, supervisión o fiscalización y control de la gestión estatal, no
solamente mediante elecciones periódicas, sino en todo tiempo a tra-
vés del ejercicio de sus derechos de expresión, asociación, manifesta-
ción y petición, entre otros;
(e)
para permitir todo lo anterior, la transpa-
rencia de la gestión e información pública debe ser la regla general.
• Una debida aplicación de los criterios precedentes, supone una
transpa-
rencia activa,
esto es, la práctica de las autoridades de adelantarse a
poner al alcance del escrutinio público la información pública relevante,
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