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Cuando un enfermo padece una enfermedad incurable que oca-
siona dolores y sufrimientos insoportables no le está permitido al
médico, según la ley, con o sin acuerdo del paciente, terminar el
sufrimiento mediante eutanasia. Tal es el caso en que han incurrido
muchos médicos, aunque ilegalmente y bajo riesgo propio, acele-
rando la muerte por omisión de medidas apropiadas o provocando
la muerte. Doy la razón a estos médicos incluso cuando ocurre sin el
deseo del paciente. Me reservaría en todo caso el examen cuidadoso
de las particularidades del caso y la personalidad moral del médico.
Puede siempre acontecer que la aceleración de la muerte fue reco-
mendada también por motivos diversos y en parte inmorales, como
por ejemplo intereses de herencia, impedir la influencia sobre un
testamento y otros semejantes. Se trata en este caso por lo tanto de
un ejemplo formalmente ilegal y sin embargo material, esto es, de
eutanasia éticamente permitida.
La eutanasia sin esta precondición, esto es, la muerte de “pacientes
mentales incurables” y otros grupos de “vida sin valor”, se declaró
legalizada solamente en el estado nacionalsocialista. Aquí se conside-
ra la realización legal si las ordenanzas respectivas son consideradas
leyes. Esto significaría que la consecuencia de punibilidad se traslada
enteramente al campo de la discusión jurídica y política y deja de
ser tema del juicio médico. Se trata por lo tanto de decidir si estas
disposiciones y leyes, cuando existieron, pueden considerarse mé-
dicamente fundamentadas. Después de haber discutido este punto
puedo retornar al tema de la toma de decisiones. Ya que la forma de
la voluntad necesaria depende de los motivos eficaces.
Los motivos de destrucción de vida (“eutanasia”) desde el
punto de vista médico
Hay tres de tales motivos: carencia de valor de la vida, compasión
y sacrificio.
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