Las huaneras de Mejillones - page 36

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jándose arrastrar por lo que su interes les aconsejaba, han querido siempre dirijir
su empresa como chilenos i sometiéndose estrictamente a los preceptos de las
autoridades de la República, cuyo patrocinio desde un principio invocaron. En
efecto, el 9 de abril de 1860, apenas habian encontrado algo que fortificara sus
esperanzas, se presentó don Matias Torres al cónsul de Chile en Cobija en soli-
citud de licencias para
esplotar i esportar huano de algunos depósitos nuevos
descubiertos en diversos puntos de Mejillones. El Cónsul no concedió en esa
fecha, por no creerse suficientemente autorizado, las licencias que se le pedian:
pero consultó al Supremo Gobierno, i mas tarde, el 9 de octubre del mismo año,
a solicitud de Torres, certificó que el Ministro de Relaciones Esteriores habia
otorgado con fecha 24 de mayo la licencia requerida, resolucion que antes habia
ya comunicado verbalmente al peticionario, como se vé, los descubridores ocu-
rrieron a la única autoridad chilena que habia en Cobija, a la que allí representa-
ba, respecto de chi1enos, la jurisdiccion de su patria; i puesto que ella certificó
solemnemente que se habia otorgado la licencia pedida, no tuvieron porque du-
dar i pudieron descansar tranquilos sin temer que jamas les fuese arrebatado el
fruto de sus inmensos trabajos La autoridad a que habian ocurrido era en Cobija
la única i lejítima, la concesion., absoluta, el testimonio de su otorgamiento,
valedero i solemne.
Se ha dicho, no obstante, en un artículo ya mui conocido que sobre la
materia rejistra el
Araucano
, que ni la autoridad a que se ocurrió era lejítima,
ni la contestacion que al Cónsul se dió fué la que puso en conocimiento del so-
licitante. Trascribimos a continuacion la parte de ese artículo a que nos hemos
referido, para examinarla en seguida.
«Don Matias Torres descubrió, segun él asegura, un gran depósito de
huano en el morro de Mejillones, i queriendo aprovecharse de su descubrimien-
to, ocurrió indebidamente al cónsul de Chile en Cobija, que no es por cierto
la autoridad designada por la lei, pidiendo verbalmente licencia para esplotar i
esportar huano de aquel punto. El Cónsul hizo una consulta al Gobierno sobre
el particular, i éste, por el Ministerio de Relaciones Esteriores, le trasmitió con
fecha 24 de mayo de 1862 no la concesion de una licencia, como equivocada-
mente aparece sentado en el certificado dado a Torres sino la siguiente nota del
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