Las Reparaciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos - page 295

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J
URISPRUDENCIA SOBRE
R
EPARACIONES
das por las víctimas, ni a quienes ordenaron sepultar a los falleci-
dos en fosas comunes, por lo que se ha configurado una situa-
ción de grave impunidad en relación con los respectivos hechos,
situación que constituye una infracción del deber del Estado al
que se ha hecho referencia, lesiona a las víctimas, a sus familiares
y al conjunto de la sociedad y propicia la repetición crónica de
las violaciones de los derechos humanos de que se trata.
118. Es, pues, menester, que el Estado emprenda una investigación
efectiva de los hechos de este caso, identifique a los responsables
de los mismos, tanto materiales como intelectuales, así como even-
tuales encubridores, y los sancione administrativa y penalmente
según corresponda. Los procesos internos de que se trata deben
versar sobre las violaciones del derecho a la vida, del derecho a
la integridad personal y del derecho a las garantías judiciales, el
debido proceso y el acceso a un recurso efectivo, a las que se
refiere la sentencia de fondo. También deberán referirse a la uti-
lización de fosas comunes mediante inhumaciones irregulares y
al encubrimiento de la utilización de la misma. Los familiares de
las víctimas y las víctimas sobrevivientes deberán tener pleno
acceso y capacidad de actuar, en todas las etapas e instancias de
dichas investigaciones, de acuerdo con la ley interna y las nor-
mas de la Convención Americana. Los resultados de éstas debe-
rán ser públicamente divulgados, para que la sociedad venezola-
na conozca la verdad.
119. El Estado debe garantizar que los procesos internos tendientes a
investigar y sancionar a los responsables de los hechos de este
caso surtan sus debidos efectos y, en particular, de abstenerse de
recurrir a figuras como la amnistía, la prescripción y el estableci-
miento de excluyentes de responsabilidad. En ese sentido, el Tri-
bunal ya ha señalado que
[…]son inadmisibles las disposiciones de amnistía, las dispo-
siciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes
de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y
sanción de los responsables de las violaciones graves de los
derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones su-
marias, extralegales o arbitrarias y las desapariciones forza-
das, todas ellas prohibidas por contravenir derechos
inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los
Derechos Humanos.
Los funcionarios públicos y los particulares que entorpezcan,
desvíen o dilaten indebidamente las investigaciones tendientes a
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