Transparencia y probidad pública: estudios de caso en América Latina - page 18

Transparencia y Probidad Pública. Estudios de Caso en América Latina
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calidad de la educación y detrás del desempleo, eran los tres temas que los encuestados señala-
ban como prioritarios
10
. Así, la primera fase del proceso de Yankelovich comenzaba a superarse.
La ubicación de la corrupción en el ranking de problemas percibidos por la opinión pública se
repetiría con algunas pequeñas variantes en los años siguientes, permitiendo mantener el tema
al tope de la agenda pública. Aún no se lograba convertir esa preocupación en un clamor por
soluciones concretas, pero el contexto político contribuyó a aumentar la conciencia ciudadana
sobre la importancia del problema y su relación con la vida cotidiana de la gente.
Con la llegada de Carlos Menem a la Presidencia de la Nación, en 1989, y en un tiempo rela-
tivamente corto, tuvo lugar un crecimiento sin precedentes de la percepción de corrupción, en
paralelo con un proceso privatizador de grandes dimensiones.
La sospecha generalizada de que
muchos funcionarios de primer nivel en el gobierno nacional se estaban enriqueciendo a costa
del Estado, además de haberse llevado a cabo una captura del Poder Judicial, en particular de la
Corte Suprema y de los Juzgados Penales Federales
11
, abonaron la sensación de frustración respecto
de la política y del sistema democrático. Ante ello, la acción de organizaciones de la sociedad
civil se vio potenciada por el surgimiento de escándalos de corrupción de grandes dimensiones,
muchos de los cuales fueron difundidos persistentemente por un nuevo medio de comunicación
independiente,
Página/12.
Este proceso de mayor toma de conciencia alcanzó un hito simbólico cuando, aún bajo la presi-
dencia de Carlos Menem, la Convención Constituyente de 1994 incorporó al texto constitucional
el art. 36 (referido a la defensa y protección del sistema democrático). En los dos últimos párrafos
de este artículo se establece que “atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere
en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por
el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos y empleos públicos. El Congreso sancionará
una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función”.
Sin embargo, el aumento de la conciencia pública sobre el problema de la corrupción no bastaba
por sí mismo para reclamar una solución al gobierno y forzar un curso de acción.
El gobierno
de Carlos Menem empezó a hacerse cargo, ostensiblemente de la existencia del problema, pero
remitió su solución a las investigaciones judiciales de casos de corrupción. La “solución judicial” o
“penal” al problema de la corrupción era una estrategia habitual de evasión gubernamental frente
a la demanda ciudadana de actuar sobre el problema.
Las propuestas del gobierno de Menem se
enfocaban a aumentar las penas de delitos comúnmente asociados a actividades corruptas (fraude,
asociación ilícita, malversación de caudales públicos, violación de deberes de funcionario público,
etc.).
También se proponía, en la misma línea, una mayor efectividad de la justicia.
Estas ideas
sirvieron de fundamento para proyectos ambiciosos de reforma de la justicia impulsados por el
gobierno con el apoyo de diferentes organismos multilaterales de crédito y gobiernos extranjeros
con interés en el campo del desarrollo y de la seguridad jurídica, para proteger, entre otras cosas,
las inversiones de sus connacionales en el país.
Se esperaba que la reforma de la justicia trajera
más eficiencia en la persecución del delito y, de este modo, se asegurara el imperio del derecho
y la reducción de la corrupción en el gobierno.
Otra estrategia, también sugerida desde el propio Poder Ejecutivo, proponía un cambio de cul-
tura en materia ética, por medio de una educación en los valores correctos.
El enfoque ético del
problema de la corrupción, si bien no excluye la acción judicial, asume que no cabe esperar
una solución real en tanto no medie un cambio en la mentalidad de la gente respecto de los
10
Encuesta citada en
Ídem
, p. 75.
11
Para una descripción minuciosa de este proceso, ver V
erbitsky
H.
Hacer la Corte
.
Planeta, Buenos Aires, 1993.
1...,8,9,10,11,12,13,14,15,16,17 19,20,21,22,23,24,25,26,27,28,...286
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