Justicia constitucional y derechos fundamentales: fuerza normativa de la constitución: 2010 - page 176

Justicia constitucional y derechos fundamentales
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4.
El «bloque» de los derechos humanos
: En este esquema se acepta la coexistencia
de los dos órdenes, constitucional y nacional, conformando un conjunto nor-
mativo que se rige por el principio de preferencia de normas (el intérprete debe
preferir, en caso de divergencia normativa, aquella norma que mejor protege o
mayor alcance reconoce al derecho), sin que las normas pierdan su fuente nor-
mativa. Esta es la posición que toma la scj en la sentencia que se comenta.
IV. JURISPRUDENCIAS EXTRANJERA E INTERNACIONAL
La otra gran cuestión que plantea la sentencia en el aspecto que se está analizando
es el de la importancia que asigna a la opinión de la comunidad internacional a
través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interame-
ricana de Derechos Humanos y la jurisprudencia extranjera. Expresamente dice la
scj que estos pronunciamientos no pueden soslayarse y son tenidos en cuenta por
la Corporación para dictar la sentencia.
Se plantean acá varias cosas: a) incidencia en el ámbito interno, fuera del cam-
po de aplicación de la propia sentencia, de los pronunciamientos de la Corte y la
Comisión Interamericanas y cómo influyen en las decisiones de los tribunales na-
cionales; b) incidencia y peso del pensamiento de la comunidad internacional en
el tema a decidir y cómo incide en el pronunciamiento del tribunal nacional.
1.
Incidencia en el ámbito interno, fuera del campo de aplicación de la propia
sentencia, de los pronunciamientos de la Corte y de la Comisión Interamericanas
La influencia de la jurisprudencia internacional en las cuestiones internas no es
un tema novedoso en el derecho comparado. Algunos autores hablan del principio
de interacción
15
y otros del principio de retroalimentación y optimización,
16
pero
en ambos casos se hace referencia a cómo el juez nacional debe tener en cuenta
al juez internacional y cómo el juez internacional, también, debe considerar las
reglas del derecho nacional aplicables al caso.
na de los Derechos y Deberes del Hombre y la Constitución uruguaya», en
Derechos Humanos.
Montevideo:
Amalio Fernández, 1999, pp. 61 ss.
15 Néstor P. Sagüés: «La interpretación de los derechos humanos en las jurisdicciones nacional e inter-
nacional», Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, Anticipo de
Anales,
año
XLII, segunda época, n.° 36, Buenos Aires, 1998, pp. 9 ss.
16 Humberto Nogueira:
Derechos fundamentales y garantías constitucionales
,
cit., pp. 207 ss.; y Juan C.
Hitters y Oscar L. Fappiano:
Derecho internacional de los…
, cit., t. I, v. I, p. 448.
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