Sistema Interamericano de Derechos Humanos: Introducción a sus Mecanismos de Protección - page 6

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La existencia de estas dos fuentes no trajo consigo, en realidad, la puesta en marcha de un sistema de protección de los derechos
humanos. Ambos instrumentos, la Carta y la Declaración, permanecieron vigentes pero sin aplicación hasta 1959, fecha en que
se produjo un hecho que dio real comienzo al sistema: el establecimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(en adelante la Comisión o la CIDH), mediante la Resolución VIII de la Quinta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones
Exteriores
10
.
La Resolución VIII citada dispuso la creación de una Comisión Interamericana de Derechos Humanos compuesta de siete miembros,
elegidos por el Consejo de la Organización de Estados Americanos sobre ternas presentadas por los gobiernos, que ejercerían sus
funciones a título personal. Esta Comisión estaría encargada de promover el respeto de tales derechos, sería organizada por el
mismo Consejo, y tendría las atribuciones específicas que éste le señalara. En cumplimiento de la Resolución, el Consejo aprobó un
Estatuto para el nuevo órgano
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, en cuyo artículo 9 se le otorgaron las siguientes funciones y facultades:
Estimular la conciencia de los derechos humanos en los pueblos de América.
Formular recomendaciones, cuando lo estime conveniente, a los gobiernos de los Estados para que adopten
medidas progresivas en favor de los derechos humanos, dentro del marco de sus leyes internas y de sus preceptos
constitucionales, al igual que disposiciones apropiadas para fomentar el debido respeto a esos derechos.
Preparar los estudios o informes que considere convenientes en el desempeño de sus funciones.
Solicitar de los gobiernos de los Estados que le proporcionen informes sobre las medidas que adopten en materia
de derechos humanos.
Servir a la Organización de Estados Americanos como cuerpo asesor sobre el respeto de los derechos humanos.
El artículo 2 del Estatuto aclaraba que: “Para los efectos de este Estatuto, por derechos humanos se entiende: los consagrados en
la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre”. Hasta tanto no entró en vigencia la Convención, la Comisión se
preocupó casi exclusivamente de desarrollar un mecanismo que pudiera ser efectivo frente a la situación de falta de Estado de
Derecho en varios países del continente.
El año 1969 se dio el próximo paso para establecer un sistema efectivo de protección de los derechos humanos. Se adoptó un
tratado, la Convención Americana sobre Derechos Humanos
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que, además de establecer derechos y obligaciones para los Estados
partes, creó dos órganos de supervisión, la Comisión y una Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Desde la creación de la Comisión y hasta el año 1969, ésta destinó la mayor parte de sus esfuerzos y recursos al tratamiento de las
violaciones masivas y sistemáticas en el continente, tema que se tratará en un capítulo especial
13
.
10 Resolución VIII, V Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, Santiago, 1959, Documentos Oficiales, OEA, Serie C.II. 5, 4-6.
11 Texto del Estatuto de 1960 en CIDH
, Documentos Básicos
(OEA/Ser.L.5/V/I.4,1 diciembre 1960).
12 Los antecedentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en nota 14.
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Infra
capítulo V.
1,2,3,4,5 7,8,9,10,11,12,13,14,15,16,...64
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