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Poblaciones especiales en investigación biomédica
vez, ser clasificada como fija o transitoria.
En la vulnerabilidad transitoria se da la
migración, es decir, una persona puede
pasar de una condición de vulnerabilidad
a otra o compartir simultáneamente va-
rios atributos; por ejemplo, una persona
con enfermedad mental que reside fuera
de su país o una mujer que es recluida en
prisión. La vulnerabilidad transitoria tam-
bién se modifica por el distinto grado de
penetración según la estructura previa del
individuo; características como la escola-
ridad y el nivel de ingresos económicos
pueden modificar las condiciones, por
ejemplo, en caso de vulnerabilidad por
subordinación.
Fluctuación
: se entiende a la vulnerabili-
dad como una discapacidad o incapaci-
dad que puede cambiar, en intensidad,
según la misma causa que la produce. Tal-
vez el mejor ejemplo sea el de la enferme-
dad mental o el caso de infecciones opor-
tunistas que comprometen el sistema
nervioso, como es el caso de la meningitis
criptocósica o toxoplasmosis, entre otras,
que se presentan en las personas infectas
con VIH en estadios avanzados de la en-
fermedad, en que las personas afectadas,
en períodos relativamente cortos de días
o semanas o inclusive meses, pueden mo-
dificar la evaluación que hacen de su en-
torno y el contacto que tienen con la rea-
lidad. De esta manera se compromete su
capacidad para incorporarse a un estudio
o retirarse del mismo cuando ya ha dado
su consentimiento.
Situación legal
: en las personas que se en-
cuentran en reclusión o son inmigrantes
indocumentados, su condición de vulne-
rabilidad está generada por su estatus fren-
te al sistema judicial. Para las personas en
prisión, la limitación al ejercicio de la au-
tonomía, la subordinación a las normas
carcelarias y las condiciones particulares de
vida en los centros penales –precarias en
muchos países de América Latina y el Ca-
ribe– comprometen la libertad y volunta-
riedad frente a la decisión de participar. Para
los inmigrantes ilegales se presenta un ries-
go de explotación cuando los incentivos
económicos sobrepasan los riesgos que se
asumen o cuando se compromete la confi-
dencialidad de su información personal.
Nivel de dependencia
Para las poblaciones especiales y vul-
nerables su relación con el aparato in-
vestigativo biomédico y psicosocial
determina otro criterio para evaluar las
condiciones de otorgamiento de un con-
sentimiento informado válido. La ten-
sión ética se agudiza cuando se fusiona
la investigación con la atención médi-
ca. Al respecto, en los comentarios a la
pauta 6 de las normas CIOMS de 2002
se lee: “La intimidación, de cualquier
forma que se realice, invalida el consen-
timiento informado. Los potenciales su-
jetos que, a la vez, son pacientes, a me-
nudo dependen de la atención médica
del médico/investigador que, en conse-
cuencia, tiene cierta credibilidad ante sus
ojos, y cuya influencia sobre ellos pue-
de ser considerable, particularmente si
el protocolo de estudio tiene un com-
ponente terapéutico. Ellos pueden te-
mer, por ejemplo, que la negativa a par-
ticipar dañe la relación terapéutica o
signifique la omisión de servicios de sa-
lud. El médico/investigador debe asegu-
rarles, y ponerlo por escrito en el con-
sentimiento informado, que su decisión
de participar no afectará la relación te-
rapéutica u otros beneficios a que ten-
gan derecho. En esta situación, el comi-
té de evaluación ética debiera considerar
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