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Poblaciones especiales en investigación biomédica
humanos debe ser llevada a cabo sólo por
personas científicamente calificadas y bajo
la supervisión de un médico clínicamente
competente. La responsabilidad de los se-
res humanos debe recaer siempre en una
persona con capacitación médica, y nun-
ca en los participantes en la investigación,
aunque hayan otorgado su consentimien-
to”
(1)
. Esta advertencia respecto a la in-
vestigación médica sirve para enfatizar la
necesidad de la calificación profesional
idónea de los investigadores como me-
dio para la disminución de la vulnerabi-
lidad inherente al personal que conduce
el estudio.
Con frecuencia la reflexión sobre la vulne-
rabilidad se concentra en los participantes
descuidándose el análisis de las condicio-
nes de los investigadores. En los últimos
años se han presentado diversas propuestas
para garantizar la transparencia ética de los
proyectos de investigación. Uno de los pun-
tos centrales en este orden de ideas es la
declaración de conflictos de intereses. Un
investigador se hace, a su vez, un individuo
vulnerable cuando no declara completa-
mente los intereses económicos, políticos
o de otra índole que pueden comprometer
sustancialmente su capacidad para tomar
decisiones en el curso de la investigación.
Esta es una modalidad de vulnerabilidad
que apenas comienza a ser explorada: “los
investigadores deben estar conscientes y
obligados a declarar, no sólo a la Junta de
Ética de la Investigación (REB), sino tam-
bién a los sujetos de investigación, cualquier
conflicto de intereses que pudieran tener y
cualquier ganancia financiera que esperen
obtener por paciente como resultado del
reclutamiento”
(2)
.
El Diccionario de la Real Academia Espa-
ñola define como vulnerable a aquel “que
puede ser herido o recibir lesión, física o
moralmente”
(3)
. Así, la naturaleza del
daño incluye varias esferas. Para el inves-
tigador y para los miembros de los comi-
tés de bioética esta definición ayuda a en-
riquecer el ámbito donde se generan
nuevas preguntas, ya que las reflexiones y
revisiones suelen darse respecto a los ries-
gos que corren las personas en su integri-
dad física y no en sus esferas mentales o
sociales.
Las personas pueden rechazar su vincula-
ción con una investigación por temor a
una ruptura de confidencialidad. Por
ejemplo, la revelación de la enfermedad
mental puede significar la pérdida del
empleo o de oportunidades para ascender
profesionalmente. Si bien el investigador
no desea causar daño y, por el contrario,
busca mejorar las condiciones de salud de
la población, el estudio puede tener sus
efectos colaterales irreversibles que aumen-
tan la vulnerabilidad social o económica
de los participantes.
Los comités de bioética deben estar aten-
tos a la revisión cautelosa de los protoco-
los que se centran exclusivamente en los
posibles daños orgánicos y no contemplan
la probabilidad de daño moral. El registro
escrito en el consentimiento de medidas
como los límites de la confidencialidad o
los medios de comunicación para la con-
vocatoria y seguimiento denotan el inte-
rés por prevenir el aumento en la vulnera-
bilidad derivada de la participación en el
estudio.
En las Pautas Éticas para la Investigación
Biomédica en Seres Humanos, de CIO-
MS 2002
(1)
, la vulnerabilidad aparece
como “una incapacidad sustancial para
proteger intereses propios, debido a im-
pedimentos como falta de capacidad para
dar consentimiento informado, falta de
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