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donde presenta una reconstrucción de la historia de la intervención jurídi-
ca italiana, del sistema indígena, y de los fracasos del largo proceso de
colonización, debido a una cierta ignorancia sobre el sistema local (Sertoli
Salis, 1932).
Si queremos pasar a las contribuciones a la etnografía jurídica por par-
te de un investigador de campo, tenemos que hacer referencia a los nume-
rosos estudios deMassimo Colucci, un juez del tribunal deMogadiscio
(Somalia) que realizó una gran cantidad de visitas de campo y entrevistas
con informantes clave en diferentes regiones de Somalia, y también en
Cirenaica. Sumonografíamás importante está dedicada al estudio de los
principios del derecho consuetudinario de los somalíes y a sus formas de
propiedad (Colucci, 1924). Pero hizo también investigaciones sobre te-
mas de derecho penal (Colucci, 1927; 1929; 1943) y consideraciones
generales sobre los límites a la aplicación de los derechos consuetudina-
rios en las colonias (Colucci, 1935).
Entre los estudios recientes de tipo antropológico-histórico sobre dis-
tintos aspectos del contexto colonial italiano en las primeras cuatro déca-
das del siglo pasado, que le confieren una gran importancia a las normas
jurídicas coloniales en las relaciones entre europeos e indígenas, quiero
señalar los importantes trabajos de Barbara Sòrgoni, quien se ha dedica-
do a la legislación colonial y a las políticas de discriminación sexual y racial
en la colonia Eritrea (Sòrgoni, 1998a; 1998b). Una reconstrucción muy
detallada e inteligente de la etnología histórico-jurídica italiana de la pri-
meramitad del sigloXX, conmuchas referencias críticas e interpretativas
sobre los estudios coloniales, se encuentra en un ensayo deCarloRossetti,
que es parte de una importante obra que recoge varios ensayos sobre la
historia de la antropología italiana (Rossetti, 1985).
Hay otro sector importante de cooperación entre juristas e investiga-
dores sociales en las primeras décadas del siglo pasado. Se trata de los
estudios e investigaciones provenientes más que todo de juristas especia-
lizados en derecho agrario y en derecho romano, quienes se dedican al