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del Derecho, surgida como reacción a los intentos de universalizar el De-

recho Civil abstracto del CódigoNapoleónico que colisionaba con el de-

recho que practicaban los pueblos colonizados, con sus "costumbres lar-

gamente establecidas y con disposiciones particulares sobre la propie-

dad, la herencia, la organización y la autoridad familiar, la solución de

conflictos, las sanciones sociales, etcétera, y chocaba tanto más brutal-

mente cuantomás tradicional ymenos burguesa, es decir más campesina,

era la sociedad" (Palerm, 1981: 149). Fue con la Escuela Histórica del

Derecho que se dio inicio al estudio sistemático del

derecho consuetudi-

nario

, valorizando el pasado histórico de los ordenamientos jurídicos, y el

espíritu popular y la costumbre como fuente de todo derecho en lugar de

la ley. Estemovimiento, que también se conoce comoRomanticismo Jurí-

dico, tuvo como precursor al jurista alemán Gustav von Hugo (1764-

1844), siendo sus figurasmás sobresalientes los juristas alemanes Friedrich

Karl von Savigny (1779-1861)

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y Georg Friedrich Puchta (1778-1846).

El derecho se concebía unido indisolublemente con el lenguaje, las cos-

tumbres y la cultura, bases de la nación.

Entre los pensadores evolucionistas y románticos que se proponían

explicar la trayectoria histórica de la humanidad fue clave la figura de

Savigny, a quien se debe situar en una época en que el sistema jurídico de

Alemania estaba integrado, al mismo tiempo, por soluciones inspiradas en

el derecho germánico, el derecho feudal, el derecho canónico y el dere-

cho romano, reconociéndose además diversas fuentes, no siempre com-

patibles

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.Al derecho germánico, que se caracterizaba por la "preeminen-

cia de la costumbre como fuente del Derecho, el primitivismo de sus ins-

tituciones, la concepción asociativa y colectivista, y el privilegio tribal"

(Merello, 1996: 75), se oponía el derecho romano individualista y

universalista, defensor de la propiedad privada, el contrato y la potestad

individual. En la práctica, se vivía un tipo de

pluralismo jurídico

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,

donde

la diversidad de fuentes jurídicas generabamúltiples tensiones al ofrecer

soluciones contradictorias a lasmismas cuestiones (Morelli, 2005). Savigny

sostenía que el derecho era un componente de la cultura como lo era el