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La operación de una institución de derecho consuetudinario se entien-

demejor conociendo la comunidad humana en la que se desenvuelve. En

un pueblo en el que la gente se conoce las operaciones que conducen a la

equidad, que tienen en consideración las circunstancias reales de cada

uno, sonmás fáciles de entrever y decidir.Así, si pudiera trazarse la histo-

ria continuada de estos sorteos de labranzas es muy posible que observá-

semos variaciones atentas a las circunstancias particulares de las familias,

circunstancias a veces excepcionales, siempre fluctuantes.

Así, de la idea o dogma moral del sorteo y de la igualdad de derechos

a las tierras comunales de todos los vecinos, pasamos a una serie de rec-

tificaciones realistas que hace la misma costumbre. Con lo cual puede

decirse que la costumbre instituida no es ajena a la casuística histórica, a

las variaciones históricas de la población afectada, a las peculiaridades de

cada caso.Así, lejos de interpretar la costumbre jurídica como una regla

masiva, mecánica, vemos que debe tenerse en cuenta su capacidad para

adaptar casos y adaptarse a ellos.

Y en las costumbres observadas en el tiempo presente, el antropólogo

puede verificar con el trabajo de campo la importancia de la casuística

real en la aplicación del derecho consuetudinario

8

.

En conclusión, mi replanteamiento del estudio de las costumbres jurí-

dicas o de derecho consuetudinario propone verlas ante los conflictos que

tratan de contener, paliar

9

o superar. Analizarlas según el uso de varias

ficciones jurídicas, y dilucidar la importancia de la casuística frente a la

normativa básica o general.

Notas

1

Gluckman, 1965. Cfr. también para lo que sigue Gluckman, 1963.

2

La otra parte es de demostración etnográfica más pormenorizada, la cual corresponde

a otro trabajo en preparación.