EL tratamiento de la violencia de género en la organización de Naciones Unidas - page 48

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10.24.
Se insta a los gobiernos a que refuercen su apoyo a las actividades
internacionales de protección y asistencia en favor de los refugiados y,
según resulte apropiado, de las personas desplazadas, y a que promuevan
la búsqueda de soluciones duraderas para su situación. Al mismo tiempo,
se alienta a los gobiernos a fomentar los mecanismos regionales e
internacionales que promuevan la responsabilidad compartida con
respecto a las necesidades de protecciónyde asistencia de los refugiados.
Deberían adoptarse todas las medidas necesarias para asegurar la
protección física de los refugiados, en particular de las mujeres y los
niños refugiados, y especialmente contra la explotación, el abuso y todas
las formas de violencia”
67
.
e. ACNUR
El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados es el órgano
encargado de coordinar los esfuerzos de la Organización para la protección
depersonas refugiadas. Encumplir conestemandato, ACNURha llamado la
atención de la comunidad internacional sobre las particulares dificultades
enfrentadas por las mujeres y niñas refugiadas:
“ [...] mientras que los hombres y los niños desplazados por la fuerza
también enfrentan problemas de protección, las mujeres y las niñas
pueden verse expuestas a problemas específicos de protección a raíz de
su género, su posición cultural y socioeconómica y su condición jurídica,
lo que significa que pueden tener menos posibilidades que los hombres y
los niños de ejercer sus derechos y, por lo tanto, que puede ser necesario
adoptar medidas particulares a favor de las mujeres y las niñas para que
puedan disfrutar de la protección y la asistencia en pie de igualdad con
los hombres y los niños, [...] si bien las mujeres y las niñas pueden estar
expuestas a ciertos riesgos, como el de la trata de personas, en cualquier
lugar, la diferencia entre el entorno del campamento y el entorno urbano
puede exponerlas a diferentes riesgos en materia de protección y, por
ejemplo, en los campamentos su libertad de circulación y capacidad de
ganarse la vida pueden estar más limitadas y pueden encontrarse más
expuestas a la violencia sexual y basada en el género, en tanto que en las
situaciones urbanas pueden tener menos posibilidades de ejercer sus
derechos eficazmente, de tener acceso a la protección y a los servicios, o
de ponerse en contacto con el ACNUR o con otras oficinas de los asociados
en la ejecución...”
68
.
67 Naciones Unidas,
Informe de la Conferencia
Internacional sobre la
Población y el Desarrollo,
El Cairo, 5 a 13 de
septiembre de 1994, A/
CONF.171/13/Rev.1.
68 Naciones Unidas,
Asamblea General,
Informe del Comité
Ejecutivo del Programa
del Alto Comisionado
sobre su 57° Período de
Sesiones, Conclusión Nº
105 (LVII), A. Conclusión
sobre las mujeres y las
niñas en situación de
riesgo, A/AC.96/1035, 10
de octubre de 2006.
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