Política nuclear - page 266

Héctar Cms
EsPiell /
EXPERIENCIA, PROBLEMAS Y PERSPECTIVAS DEL TRATADO•••
nes que impone a los Estados Partes. No es nuestra intención ana–
lizar ahma este sistema en todos sus detalles, lo que hemos hecho
en otra oportunidad
22 ,
sino tan sólo indicar que los procedimientos
regulados en ms Articulos 13, 14 Y 23 funcionan y se aplican ya
con toda eficacia.
En efecto, la remisión semestral por los Gobiernos de informes
relativos a que ninguna actividad prohibida por el Tratado se ha
realizado en sus territorios (Artículo 14) se cumple ahora regular–
mente
y
el
Consejo de
OPANAL
analiza cada sesenta días los infor–
mes recibidos y
el
proceso de cumplimiento de esta disposición del
Tratado.
En cuanto a los Acuerdos de Salvaguardias que los países Par–
tes en el Tratado de Tlatelolco se han obligado, según su Artículo
13, a negociar y concluir con el
OlEA,
se han ido preparando y fir–
mando a un ritmo que se ha acelerado en los últimos meses y que
permite pensar que en poco tiempo más, todos los Estados latino–
americanos Partes en el Tratado los habrán celebrado.
Cuando el Estado que negocia el acuerdo es Parte en el
TNP
y en
el Tratado de Tlatelolco,
el
Acuerdo de Salvaguardias se basa en
estos dos instrumentos. Cuando en el momento de la negociación
el Estado sólo es Parte en el Tratado de Tlatelolco
23 ,
el acuerdo
se funda sólo en é"te.
El
OPANAL
interviene activamente en el proceso de negociación
de estos Acuerdos de Salvaguardias entre los países latinoamericanos
,- el
OJEA,
asistiendo y asesorando a los Estados que lo deseen
24 •
El Consejo del Organismo vigila el proceso de cumplimiento del
Artículo 13 y sigue de cerca la aplicación del mismo.
Hasta el día de hoy se han firmado los Acuerdos de Salvaguar–
dias del
OlEA
con los siguientes Estados Partes en el Tratado de
Tlatelolco: Bolivia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala,
Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Re–
pública Dominicana, Uruguay y Venezuela. Se encuentran en pro-
"Héctor Gros EspíelI,
En torno al Tratado de Tlate/olco
y
la
proscriPción
de
[as armas nucleares en
la
América Latina,
OPANAL.
""Por ej.: los casos de Panamá
y
Colombia.
""Resoluciones 19
(I),
31 (n), 51
(111),
81 (rv)
y
99 (v) de la Conferencia Gene–
ral,
y
Resoluciones C. 1, C.2, C.4, C.5, C.9, C. 10
y
C. 11 del Consejo del
OPANAL.
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