324
investigación científica relacionada con los productos y servicios objeto de
su control. Por ello, resulta esencial en su accionar la incorporación de só-
lidos principios éticos, de forma tal que se garantice su actuación eficiente
y honesta en favor del interés público.
Referencias
1.
Ministerio de Salud Pública.
Resolución Ministerial
No 110/1997.
2.
Ministerio de Salud Pública.
Instrucción VADI
N° 4/2000.
3.
Ministerio de Salud Pública. Centro para el Control Estatal de la Calidad de
los Medicamentos.
Buenas Prácticas Clínicas en Cuba
; 2000.
4.
Ministerio de Salud Pública. Centro para el Control estatal de la Calidad de
los Medicamentos.
Requerimientos para la certificación de BPC
. Regulación
N° 52 de 2008.
5.
Ministerio de Salud Pública.
Manual de preparación para la Certificación
de Sitios clínicos en BPC, para la realización de Ensayos Clínicos en el Sistema
Nacional de Salud de Cuba
. Indicación VADI 74/2007.
6.
Ministerio de Salud Pública. Centro para el Control Estatal de la Calidad de
los Medicamentos.
Requerimientos para la Notificación y el Reporte de Eventos
Adversos Graves e Inesperados en los Ensayos Clínicos
. Regulación N° 25 de
2007.
7.
Ministerio de Salud Pública. Centro para el Control estatal de la Calidad
de los Medicamentos.
Requerimientos para ensayos clínicos fases I y II con
productos en investigación destinados al tratamiento del cáncer y el SIDA
.
Regulación 27 de 2000.
8.
Ministerio de Salud Pública. Buró Regulatorio para la Protección de la
Salud.
Buenas Prácticas Reguladoras Cubanas
; 2000.
9.
Ministerio de Salud Pública. Centro para el Control Estatal de la Calidad de
los Medicamentos.
Reglamento para la selección y manejo de expertos externos
en el CECMED
; 2008.
1...,315,316,317,318,319,320,321,322,323,324 326,327,328,329,330,331,332,333,334,335,...422