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La acción de separar para volver a reunir es un universal propio de
juicios, arbitrajes y reconciliaciones en general. Gluckman hace ver que es
también el procedimiento de muchos ceremoniales, que por esa misma
virtud actúan a modo de instituciones o prácticas de carácter jurídico
(reconocedores u otorgadores de derechos y justicia). De un modo ele-
mental es también el procedimiento de separar a unos niños en una pelea
y volverlos a reunir, obligándoles a hacer las paces.
Esta idea de separar y reunir está presente enmuchos procedimientos
judiciales. Es decir, en procedimientos que siguen normas para aplicar
leyes, otorgar derechos e impartir justicia. La cuestión que aquí quiero
plantear es la siguiente: ¿Existiría la costumbre jurídica si antes no hubiera
existido el juicio? ¿Existiría una costumbre que tiene presente un conflicto
latente y unmodo de proceder propio de un juicio, si antes no se conocie-
ra algún tipo de procedimiento judicial?Mi hipótesis es que la costumbre
que se enfrenta de un modo u otro a un conflicto, lo hace siguiendo las
pautas propias de un procedimiento judicial, al menos las más básicas: la
de reconocer por separado las partes, brindarles un proceso contradicto-
rio más o menos formal, y finalmente aplicarles un criterio de equidad o
conciliación; esto presupone la existencia de juicios.
Aquí solo plantearé una parte de la defensa de esta hipótesis
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: la cos-
tumbre como forma de confrontación, y hasta cierto punto, al menos, de
resolución de un conflicto, ha debido conocer -históricamente- el juicio
también frente al conflicto. Puesto que sería muy raro que una sociedad
humana pospusiera su juicio hasta alcanzar una costumbre para enfrentar-
se adeterminadasmateriasde clamor judicial o litigación. Etnográficamente
no se dan sociedades que observen costumbres dotadas del carácter ju-
rídico que menciono sin que conozcan juicios. Otra cosa es que el
etnocentrismo de las culturas jurídicas occidentales no quiera reconocer
estos juicios como tales por no depender de un Estado de derecho o por
carecer de las formalidades de un proceso romano-canónico, etc.