Actas del Primer Congreso Latinoamericano de Niñez y Políticas Públicas, Santiago de Chile, 14 al 17 de enero 2014 - page 44

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Como se sabe, las formas de producción de subjetividad se inscriben en condiciones sociales y culturales espe-
cíficas y se construye en el encuentro con las instituciones en las que esa subjetividad se alberga. Es decir no
son universales ni atemporales. El tipo de subjetividad instituida, varía entonces con las diferentes prácticas de
producción, lo que lleva a interrogarse por las políticas y prácticas de los actores sociales llevadas a cabo en las
instituciones sanitarias. Así como a la necesidad de revisar los discursos y concepciones de la niñez que subyacen
a las mismas en tanto impactan de forma positiva o negativa en los procesos de constitución subjetiva de los
niños, niñas y adolescentes.
La década del 90 se caracterizó por la retracción del Estado en la implementación de las políticas sociales histó-
ricamente consensuadas, especialmente en el campo de la salud, en un contexto de creciente deterioro de las
condiciones de vida, que tuvo entre otras consecuencias, la profundización del nivel de fractura de comunica-
ción entre los servicios sanitarios, y los niños, niñas, adolescentes y las familias de los hogares más carenciados.
El acceso a los cuidados de la salud pasó de ser un derecho adquirido a ser una “mercancía”, que era posible
comprar según el poder adquisitivo de cada hogar, y produjo una deconstrucción de la condición de ciudadano
como sujeto de derecho para convertirla en otra, la de consumidor/cliente.
Paradójicamente, en este contexto, la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño en
1990 y la Ley nacional N° 26061, de Protección Integral de los Derechos del Niño- junto a una legislación progre-
sita en el campo de la salud mental en la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 448/2000) garantizaban el derecho a
la salud y promovían la transformación de las políticas de niñez y las prácticas y modelos de intervención pública.
Es decir, mientras esta legislación instalaba un discurso que garantizaba los derechos de ciudadanía, no lograba
mitigar el embate de laspolíticas neoliberales.
Frente a una situación en la que las principales problemáticas giraban en torno a la exclusión social, la margina-
lidad y la ruptura de lazos sociales, las políticas y las prácticas de los actores responsabilizaban y atribuían las
causas del sufrimiento a los sujetos que los padecían, como una suerte de “privatización” del dolor. En lugar de
afectar favorablemente en las condiciones de salud de los niños modificando sus circunstancias adversas y ga-
rantizando el acceso a los cuidados integrales que atenuaran el sufrimiento de los mismos, las políticas de salud
mental dirigidas a la niñez en su lugar colaboraron en la génesis y producción de procesos de medicalización del
sufrimiento psíquico de los niños, niñas y adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires, dándole características
específicas: la exclusión y el encierro ( Barcala, 2010).
Producto de este escenario, las nuevas demandas que generaban las complejas problemáticas infantiles a los
servicios públicos de salud comenzaron a requerir de una respuesta estatal acorde a los nuevos paradigmas y al
marco legislativo vigente.
Este trabajo pretende contribuir a comprender los modos en que en los últimos años las políticas de salud
mental en la Argentina, particularmente en la Ciudad de Buenos Aires han tomado posición en relación a un
modo de atravesamiento de la niñez que padece por condiciones de alta vulnerabilidad psicosocial. En el mismo
sentido, se propone considerar las respuestas que reciben del Estado, en especial aquéllas ligadas a la institu-
cionalización psiquiátrica.Esto implica conceptualizar las interfaces en un sistema complejo en el que se vinculan
elementos de diferente nivel de determinación: el Estado con sus políticas y legislaciones específicas, las institu-
ciones en salud mental, y las prácticas de los actores sociales institucionales vinculados con la niñez y juventud.
Un punto de inflexión en las políticas de Salud Mental. Estudio de caso: Ciudad de Buenos Aires
En agosto del 2010 a partir de la firma del decreto Nª 647 en la Ciudad de Buenos Aires se transferían las com-
petencias relativas a la atención de los niños, niñas y adolescentes con problemáticas de salud mental y disca-
pacidad que vivían en hogares de alojamiento de la órbita de la Dirección de Niñez del Ministerio de Desarrollo
Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) a la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud.
Junto a estas competencias se trasladaban también los convenios suscriptos por dicho Ministerio con institu-
ciones privadas de salud mental y discapacidad donde se alojaban los niños, niñas y adolescentes; y se direccio-
naban los créditos correspondientes a partidas presupuestarias desde el sector público a efectores privados,
pagando una suma considerable por cada uno de ellos.
La resolución comprendía los cuidados de los niños con mayor vulnerabilidad psíquica y social de la Ciudad, dado
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